Julio 06, 2025 -HC-

El SIN actualiza el Padrón de Contribuyentes con el Clasificador de Actividades Económicas

Además, los contribuyentes y el público en general pueden consultar el contenido inextenso de la norma en la página web www.impuestos.gob.bo y en las cuentas del SIN en Facebook, Twitter e Instagram.


Domingo 30 de Agosto de 2020, 1:30pm






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30 de agosto (Urgente.bo).- Mediante la Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 102000000023, la Administración Tributaria homologó el Clasificador de Actividades Económicas del Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital (PBD-11) del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) con el Clasificador de Actividades Económicas de Bolivia (CAEB), detallada en los Anexos I, II y III, que forman parte de la norma antes mencionada.

El SIN emitió la RND Nº 102000000023 y sus Anexos el 26 de agosto de 2020 y la difundió en las ediciones digitales de los periódicos Página Siete y Los Tiempos.

Además, los contribuyentes y el público en general pueden consultar el contenido inextenso de la norma en la página web www.impuestos.gob.bo y en las cuentas del SIN en Facebook, Twitter e Instagram.

La homologación de Actividades Económicas del PBD-11 del SIN alcanza a todos los contribuyentes del Régimen General. La nueva normativa entrará en vigencia a partir del 1 de septiembre de este año.

El CAEB forma parte de un sistema de clasificaciones nacionales elaborado por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

Contenido y plazos

La RND Nº 102000000023 dispone, entre otras cosas, la Homologación de Actividades Económicas vigentes, la Incorporación de nuevas Actividades Económicas en el PBD-11, la Homologación de Características Tributarias y la Reposición de Documentos.

Ademá

, el Artículo 8 determina que a partir del 1 de enero de 2021 quedarán sin efecto el Certificado de Inscripción al Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital y el Documento de Exhibición NIT con los códigos CIIU/SIN, entregados por la Administración Tributaria con anterioridad a la vigencia de la presente resolución normativa.

Por lo que los sujetos pasivos o terceros responsables deberán reemplazar esos documentos hasta el 31 de diciembre de 2020.

La reposición de dichos documentos se podrá realizar a través de la Oficina Virtual del SIN o en las Plataformas de Recaudación y Empadronamiento de la Administración Tributaria; para lo cual, el NIT debe encontrarse con Estado Activo.

 

 

 

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