Agosto 14, 2025 -HC-

Elecciones: Conozca las seis prohibiciones del TSE que rigen en el país


Jueves 14 de Agosto de 2025, 11:15am






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14 de agosto (Urgente.bo).- El Tribunal Supremo Electoral (TSE) dio a conocer las prohibiciones vigentes antes, durante y después de la jornada de votación del domingo 17 de agosto. Propaganda electoral, consumo de bebidas alcohólicas, portación de armas, realización de reuniones, son algunas de las restricciones establecidas por el Órgano Electoral.

Estas disposiciones son respaldadas por la Resolución TSE-RSP-ADM N° 342/2025 que fueron aprobadas por la Sala Plena. Las 6 prohibiciones buscan prevenir incidentes que puedan afectar el normal desarrollo del proceso electoral el próximo domingo, día de elecciones presidenciales.

“El TSE exhorta a la ciudadanía a cumplir con las disposiciones y participar de manera responsable en el proceso electoral, contribuyendo así al fortalecimiento de la democracia en el país”, sostuvo el TSE.


1.- PROHIBICIÓN DE PROPAGANDA ELECTORAL

El TSE dispone que desde las 00:00 de este jueves 14 de agosto hasta las 18:00 del domingo 17 queda prohibida toda manifestación pública de apoyo o rechazo a candidaturas, en cualquier formato o medio.

2.- RESTRICCIÓN DE CONSUMO DE ALCOHOL

Desde las 00:00 de este viernes 15 hasta las 12:00 del lunes 18 de agosto no se podrá vender ni consumir bebidas alcohólicas en domicilios, tiendas, restaurantes, hoteles, cantinas u otros establecimientos públicos o privados.

3.- PROHIBICIÓN DE PORTAR ARMAS

Otras de las prohibiciones del TSE se dará en la misma jornada electoral del domingo 17. Es esa fecha queda prohibido portar armas de fuego, armas blancas o cualquier objeto que represente un peligro para la seguridad ciudadana.

Esta disposición no incluye a las Fuerzas Armadas ni a la Policía Boliviana, que estarán a cargo del resguardo del orden en esa fecha.            

4.- SUSPENSIÓN DE REUNIONES Y ESPECTÁCULOS

Desde las 00:00 hasta las 24:00 del día de las elecciones no se podrán realizar actos públicos, reuniones o espectáculos de ninguna índole.

5.- PROHIBICIÓN DE TRASLADO DE ELECTORES

Durante el 17 de agosto queda prohibido trasladar votantes de un recinto electoral a otro, por cualquier medio de transporte. Cualquier caso detectado será remitido al Ministerio Público, en aplicación del artículo 238, inciso i) de la Ley del Régimen Electoral (Ley 026).

6.- RESTRICCIÓN VEHICULAR

Se restringe la circulación de vehículos motorizados, sean particulares, oficiales o de transporte público, durante toda la jornada electoral. Solo podrán transitar aquellos que cuenten con autorización expresa del TSE o de los Tribunales Electorales Departamentales. Están exentos los vehículos de las fuerzas del orden involucrados en tareas de seguridad y custodia electoral, además de ambulancias, vehículos de emergencia y de la prensa.
 

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