Diciembre 18, 2025 -HC-

DS 5503: Gobierno establece transferencias a familias vulnerables, conoce los beneficiarios


Jueves 18 de Diciembre de 2025, 12:00pm






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18 de diciembre (Urgente.bo)- El Decreto Supremo 5503 autoriza transferencias a familias vulnerables. El ministro de Economía, José Gabriel Espinoza, dijo que se entre los beneficiados están las personas con discapacidad y quienes pertenecen al programa Juana Azurduy. Se trata del Programa Extraordinario de Protección y de Equidad (PEPE).

“Establecemos una transferencia a las personas que tienen algún grado de discapacidad o que están en el programa Juana Azurduy, con tres transferencias de 150 bolivianos por mes”, indicó el ministro en conferencia de prensa.

La autoridad dijo que estas transferencias se realizarán a través del sistema financiero. Mencionó que se cuenta con base de datos para quienes busquen inscribirse en el sistema en los próximos días.

“Hay procesos claros, la certificación, los análisis y demás y desde el 1 de enero empiezan a recibir las tres transferencias mensuales de 150 cada una por familia”, indicó.

Espinoza además destacó que, entre las medidas, se dispone que los profesionales independientes y los aportantes independientes pueden presentar cualquier factura para descargar el IVA.

Asimismo, el nuevo decreto establece mejoras a los programas sociales para proteger a los más vulnerables; entre ellas, la renta dignidad que pasa de 350 a 500; mientras que el bono Juancito Pinto para la gestión 2026 pasa de 200 a 300 bolivianos.

Esto dice el decreto 

Artículo 97:

I. El PEPE entregará una transferencia de Bs150.- (CIENTO CINCUENTA 00/100 BOLIVIANOS) mensuales a los beneficiarios descritos en el artículo 100, a partir de enero de 2026, hasta alcanzar un monto máximo acumulado anual de Bs 450.- (CUATROCIENTOS CINCUENTA 00/100 BOLIVIANOS)

II. El PEPE entregará una transferencia de Bs150.- (CIENTO CINCUENTA 00/100 BOLIVIANOS) mensuales a los beneficiarios de la Renta Dignidad que no perciban una jubilación de la Seguridad Social de Largo Plazo, por un período de 12 meses consecutivos, hasta un monto máximo anual de Bs1.800.

En el artículo 98 se expone los beneficiarios:

I. Podrán acceder al programa descrito en el artículo 99 inciso I, todas las personas que reúnan los siguientes criterios:

a) Mujeres que perciben el Bono Juana Azurduy de Padilla al 30 de noviembre de 2025, incluidas las menores de edad, a través de un tutor;

b) Personas con discapacidad visual que reciben el Bono de Indigencia al 15 de diciembre de 2025, incluidos menores de edad, a través de un tutor;

c) Personas con discapacidad grave o muy grave registrados en el Sistema de Información del Programa de Registro Único Nacional de las Personas con Discapacidad SIPRUNPCD al 30 de noviembre de 2025, incluidos menores de edad, a través de un tutor;

d) Personas adultas mayores que reciben la Renta Universal de Vejez Renta Dignidad en calidad de no rentistas. Adicionalmente a los criterios del parágrafo I. se deben considerar Padres o tutores de alumnos de las Unidades Educativas Fiscales y de Convenio (Fiscales) del Subsistema de Educación Regular, Especial y Alternativa, a razón de un bono por grupo familiar.

 

 

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