La Paz, 28 de septiembre (Urgentebo).- El Reglamento Específico para las Elecciones Primarias de Candidaturas de los Binomios Presidenciales para las Elecciones Generales 2019 establece que en caso que una persona tenga múltiple militancia votará para el último partido que se inscribió.
“En caso de que una ciudadana o ciudadano esté inscrito en el padrón de militantes de más de un partido político, agrupación ciudadana de alcance nacional y/o alianza, será habilitado para votar únicamente en el padrón de militancia de su último registro. Los registros anteriores se consignarán en el registro histórico de militantes, pudiendo anularse a solicitud de la persona”, especifica el artículo 25 del ordenamiento.
Asimismo, la norma específica que el la Dirección Nacional de Tecnologías de la Información y Comunicación del Tribunal Supremo Electoral (TSE), en combinación con el Servicio de Registro Cívico verificará los datos de militancia con el padrón electoral e inhabilitara a los asociados que no se hubieran inscrito en el registro electoral.
El TSE entregará en formato digital a los partidos políticos 45 días antes de las elecciones internas de las siglas, las lista de sus afiliados habilitados para sufragar.
“El Tribunal Supremo Electoral, entregará en formato digital a cada partido político, agrupación ciudadana de alcance nacional y/o alianza, el listado de sus militantes habilitados para votar en las Elecciones Primarias de Candidaturas de los Binomios Presidenciales para las Elecciones Generales 2019 cuarenta y cinco (45) días antes de la votación, así como la ubicación de recintos y mesas electorales”, señala el apartado 30.
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