Abril 29, 2024 [G]:

Arce amplía medidas anticovid hasta el 31 de diciembre, conozca cuáles son

“Las medidas establecidas en el presente Decreto Supremo, estarán vigentes a partir del 16 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021, sujeto al comportamiento epidemiológico de la COVID-19", dice uno de los puntos del mencionado decreto.


Viernes 27 de Agosto de 2021, 9:45am






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El presidente del Estado Luis Arce Catacora informó de la aprobación del decreto supremo 4577 que amplía hasta el 31 de diciembre la aplicación de las medidas de bioseguridad, de vigilancia epidemiológica. Aquello significa que el uso de barbijo y el distanciamiento social son obligatorios, que el ministerio de Salud debe realizar pruebas gratuitas contra el covid o que los familiares podrán cobrar la renta dignidad en lugar del beneficiario.

“Las medidas establecidas en el presente Decreto Supremo, estarán vigentes a partir del 16 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021, sujeto al comportamiento epidemiológico de la COVID-19", dice uno de los puntos del mencionado decreto.

“El objetivo es alcanzar la inmunidad colectiva de nuestra gente. Convocamos a las y los bolivianos a recibir su dosis de esperanza. Las vacunas están garantizadas, el plan de vacunación sigue adelante y es nuestra mejor defensa contra la pandemia”, publica Arce Catacora en su cuenta por twitter.

Aquello significa que, con este decreto, el gabinete del presidente Arce amplió las medidas ya establecidas en el decreto 4451 y que determina algunas de las siguientes acciones:

Los Subsectores Público, Seguridad Social de Corto Plazo y Privado, del Sistema Nacional de Salud, implementarán las siguientes medidas: a) Promoción de la salud, prevención y mitigación de la COVID-19; b) Diagnóstico, atención, tratamiento, rehabilitación de casos de la COVID-19; c) Vigilancia epidemiológica activa e intensificada con notificación oportuna.

Esos subsectores deben reportar diariamente la ficha epidemiológica en el Sistema Integrado de Vigilancia Epidemiológica - SIVE del Ministerio de Salud y Deportes.

La población en general está obligada al

a) Uso obligatorio, permanente y adecuado de barbijo;

b) Lavado frecuente de manos con agua y jabón, uso del alcohol al setenta por ciento (70%) y/o alcohol en gel;

c) Distanciamiento físico de 1,5 a 2 metros entre personas;

d) Evitar el uso de espacios cerrados o no ventilados en la realización de actividades;

e) Otras medidas de prevención emitidas por el Ministerio de Salud y Deportes.

 El Ministerio de Salud y Deportes, distribuirá de manera gratuita:

a) Las pruebas de diagnóstico Antigénica y RT-PCR, y vacunas contra la COVID-19 a los Gobiernos Autónomos, a través de las instancias correspondientes;

b) Las vacunas contra la COVID-19 a la Seguridad Social de Corto Plazo, previa suscripción de acuerdos interinstitucionales.

El presente decreto  amplía la vigencia de las vivencias tramitadas a nivel nacional o en el extranjero en los pagos de Pensiones presentados por Asegurados o Derechohabientes, cuyo vencimiento se produzca desde el periodo enero 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021.

Eso significa que las Entidades de la Seguridad Social de Largo Plazo y del Sistema de Reparto, podrán efectuar los Controles de Vivencia de los casos con vencimiento desde el periodo enero 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021.

El presente decreto también modifica una disposición transitoria del Decreto del 13 de enero de 2021, con el siguiente texto:

El Beneficiario de los pagos habilitados y autorizados de la Renta Dignidad, de las Prestaciones y Beneficios de la Seguridad Social de Largo Plazo y del Sistema de Reparto, podrá de manera excepcional, autorizar a un familiar para proceder al cobro de dicho pago en las Entidades Financieras, hasta el 31 de diciembre de 2021."

También establece que las instituciones y entidades públicas y privadas que desarrollan sus actividades en aeropuertos nacionales e internacionales, deben realizar las pruebas de control periódico para la COVID-19 a su personal, de acuerdo a protocolos del Ministerio de Salud y Deportes, y entidades competentes."

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