6 de abril (Urgente.bo).- Este jueves, el ministro de Justicia, Iván Lima, aseveró que mientras no se socialice con todos los sectores sociales, el tratamiento del proyecto de Ley del Fortalecimiento a la Lucha Contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas, se suspende. Sin embargo, en pasadas horas, el Gobierno dispuso la aplicación del congelamiento inmediato de bienes que se derivan de las ganancias ilícitas mediante el Decreto Supremo 4906.
“En cuanto no concluya una socialización con todos los sectores, vamos a suspender el proyecto de ley, la socialización que va a ser en todo el país y con las personas que estén interesadas en mejorar el proyecto en todos los niveles”, dijo Lima sobre el tratamiento de la Ley de Fortalecimiento a la Lucha Contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas.
Esta semana, diferentes sectores sociales demostraron su rechazo a dicho proyecto de ley, entre ellos los gremiales. La norma debía ser tratada este martes, pero fue suspendido por la ausencia del ministro de Justicia, quien tenía la tarea de explicar los alcances.
Congelamiento inmediato de bienes
En las últimas horas, los gremiales manifestaron nuevamente su descontento, pero ahora por el Decreto Supremo 4906, mediante el cual se dispone la aplicación del congelamiento inmediato de bienes que se derivan de las ganancias ilícitas cuando una persona figura en las listas públicas del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.
Dicho Decreto Supremo realiza modificaciones e incorporaciones al Decreto Supremo 1553 del 10 de abril del 2013. Y tiene el fin de coadyuvar al cumplimiento de las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
“Se incorpora el Artículo 8 en el Decreto Supremo N° 1553, de 10 de abril de 2013, con el siguiente texto: ‘Artículo 8.- (Aplicación de la medida de congelamiento preventivo). La medida de congelamiento preventivo de fondos u otros activos, será de aplicación inmediata a partir del conocimiento de las listas del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, conforme el Artículo 4 de la Ley N° 262.’", se describe en la norma.
Los gremiales indicaron que este D.S. está en contra del sector y aseguraron que, con el mismo, se harían allanamientos a domicilios sin permiso alguno de parte de la Fiscalía, bajo sospecha de actividades irregulares.
Ante estas aseveraciones, el viceministro de Pensiones y Servicios Financieros, Franz Apaza, aseguró que la norma no establece el congelamiento de cuentas de los trabajadores gremiales y otras actividades económicas del país, sino las cuentas de los terroristas internacionales, registrados en las listas del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU).
“Estas medidas buscan combatir contra delincuentes transnacionales, por lo que, en ningún caso, recaerían sobre el sector gremial, transportista, comerciante ni otro sector social en nuestro país”, se explica en una nota institucional del Viceministerio de Pensiones.
Además, menciona que la norma se fundamenta en la Ley N° 262, vigente desde el 2012. El ministro de Justicia, Iván Lima, dijo este jueves que se trata de “un decreto modificatorio de una norma que está hace más de 10 años vigente en el país, que no está incorporando ningún tema nuevo”.