Se hacen públicas las discrepancias que existen en el Tribunal Supremo Electoral (TSE) de Bolivia. La presidente del organismo, Kathia Uriona, no está de acuerdo con el Reglamento aprobado para las elecciones primarias que se realizarán en enero próximo ni con la decisión de rechazar la conversión de la agrupación ciudadana Sol.bo en partido político de alcance nacional.
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Dicha información se ha conocido de manera oficial desde el Tribunal Supremo Electoral, a propósito del reglamento para el inédito proceso electoral, y mediante Luis Revilla, alcalde de La Paz y líder de la agrupación Sol.bo.
“Hay varias irregularidades en las consideraciones que ha hecho el TSE (de rechazo a la constitución del partido político) y que además, hay un voto disidente que es de la presidenta del TSE, quien no estuvo de acuerdo en que se apruebe esta resolución que rechaza nuestra personería jurídica”, afirmó Revilla este fin de semana.
Revilla sostiene que la determinación electoral atenta contra los derechos políticos de los militantes de Soberanía y Libertad que se inscribieron y tienen deseo de que su partido tenga carácter nacional.
El TSE informó también que en la Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) para el tratamiento y aprobación de cada uno de los artículos del Reglamento de “Elecciones Primarias de Candidaturas de los Binomios Presidenciales para las Elecciones Generales 2019”, diferentes vocales expresaron disidencias en relación a alguno de estos artículos.
“En mi caso, mi persona planteó su disidencia al Reglamento en su conjunto, ya que el mismo incluye artículos centrales en relación a los cuales existieron posiciones diferenciadas al interior del TSE” , indicó Uriona.
La disidencia de Uriona se sustenta en el desacuerdo respecto al Art. 19 del Reglamento, referido al registro de binomios presidenciales, en el cual se planteó la imposibilidad del registro de candidatas y candidatos a más de un binomio.
“Por otro lado, planteé mi desacuerdo en relación al Art. 40 referido a las demandas de inhabilitación, limitando este derecho únicamente a la militancia”, expresó al tiempo de resaltar que por estas razones declaró su disidencia al Reglamento en su conjunto.
La disidencia de Uriona se sustenta en el desacuerdo respecto al Art. 19 del Reglamento, referido al registro de binomios presidenciales, en el cual se planteó la imposibilidad del registro de candidatas y candidatos a más de un binomio.
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