El Consejo de la Magistratura es responsable del régimen disciplinario de las jurisdicciones ordinaria, agroambiental y de las jurisdicciones especializadas. Además del control y fiscalización de su manejo administrativo y financiero; y de las políticas de su gestión.
Está integrado por tres consejeros titulares e igual número de suplentes, que son electos mediante voto popular que se realiza en circunscripción nacional, es decir en toda Bolivia. Son electos los candidatos o candidatas que obtengan el mayor número de votos válidos.
Para la Elección de Autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional que se desarrollará el 1 diciembre de 2024 se presentaron 20 candidatas y candidatos, de los cuales 10 son mujeres y 10 hombres y cuatro se auto identifican con alguna nación y pueblo indígena originario campesino.
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N°
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Candidata/o
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Género
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Auto identificación
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1
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GABRIELA PAULA ARAOZ LOPEZ
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F
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2
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MARISOL CAMARGO ESPADA
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F
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3
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PATRICIA FELISA CASTILLO SILES
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F
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4
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SELMA GABRIELA GUTIERREZ CRUZ
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F
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5
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LUDGARDA MARTINEZ BORJA
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F
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6
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CARMINIA ALEJANDRA MARTINEZ CUSICANQUI
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F
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7
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NATALY EMMA VARGAS VARGAS
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F
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8
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MARIA ANGELA ORDOÑEZ FLORES
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F
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A.I.
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9
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RUTH ISABEL ZEBALLOS SAAVEDRA
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F
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10
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DORA ESPADA PEREZ
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F
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11
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JUAN CARLOS ARELLANO PAZ
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M
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12
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FREDDY BARBOLIN PLANTARROSA
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M
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13
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MANUEL BAPTISTA ESPINOZA
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M
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14
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RAMIRO FROILAN CANEDO CHAVEZ
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M
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A.I.
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15
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ALDO ALEX CASTRO QUEVEDO
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M
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16
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ISIDRO LIMACHI AGUILAR
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M
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A.I.
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17
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GREGORIO MERLO CHURA
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M
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18
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JULIO JHONNY ROCHA JIMENEZ
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M
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A.I.
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19
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CARLOS SPENCER ARANCIBIA
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M
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20
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ZENON ZEPITA PEREZ
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M
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A partir del 17 de octubre los méritos de las candidatas y candidatos a esta instancia estarán publicada en la página web del Tribunal Supremo Electoral, www.oep.org.bo
Constitucionalmente el Consejo de la Magistratura tiene nueve atribuciones:
- Promover la revocatoria de mandato de las Magistradas y de los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia y del Tribunal Agroambiental, cuando, en el ejercicio de sus funciones, cometan faltas gravísimas determinadas por la ley.
- Ejercer el control disciplinario de las vocales y los vocales, juezas y jueces; y personal auxiliar y administrativo del Órgano Judicial. El ejercicio de esta facultad comprenderá la posibilidad de cesación del cargo por faltas disciplinarias gravísimas, expresamente establecidas en la ley.
- Controlar y fiscalizar la administración económica financiera y todos los bienes del Órgano Judicial.
- Evaluar el desempeño de funciones de las administradoras y los administradores de justicia, y del personal auxiliar.
- Elaborar auditorías jurídicas y de gestión financiera.
- Realizar estudios técnicos y estadísticos.
- Preseleccionar a las candidatas y a los candidatos para la conformación de los tribunales departamentales de justicia que serán designados por el Tribunal Supremo de Justicia.
- Designar, mediante concurso de méritos y exámenes de competencia, a los jueces de partido y de instrucción.
- Designar a su personal administrativo
Si quieres conocer más información sobre el Consejo de la Magistratura puedes consultar en la ley N° 025 de Organización del Órgano Judicial del 24 de junio de 2010.
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