Abril 28, 2024 [G]:

Denuncian que el Payaso quiere exculparse del feminicidio de su pareja


Sábado 29 de Enero de 2022, 6:00pm






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La abogada del Observatorio de Justicia de la Fundación Voces Libres, Mercedes Cortez, salió a desvirtuar las especulaciones Erick Brayan, el Payaso acusado del feminicidio de Alexandra Rodríguez y aseguró que el hecho de que uno de los acusados se haya inculpado del feminicidio no exime al payaso de haber participado en el delito, pues existen pruebas científicas que lo señalan y no han sido desvirtuadas legalmente.

Además, es un juez quien debe establecer si un acusado es culpable, si es inocente o cuál fue el grado de su participación en el hecho, pero, no en base a una versión o a un memorial, sino al cotejo de pruebas científicas, periciales, testimoniales y documentales que se presentan en un juicio.  “Queremos hacer varias aclaraciones, para pedir a los medios de comunicación el manejo coherente y, ante todo, responsable de la información”, dijo en conferencia de prensa la abogada Mercedes Cortez.

En junio de 2018, Alexandra Rodríguez, una animadora de fiestas infantiles, fue asesinada con un disparo en la cabeza, en un espacio público, cerca de su casa.

Las primeras investigaciones revelaron que horas antes vio a su exconcubino, el payaso Erick Brayan, en una casa de los amigos de él, y allí discutieron. Peritos del Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF) sometieron al payaso a una prueba de absorción atómica (no es una prueba de guantelete que puede dar falsos positivos, sino de absorción atómica que es científica) y los resultados revelaron que el joven tenía al menos tres componentes de pólvora en el dorso y la palma de sus manos. Esos componentes solo están presentes en la pólvora de las armas de fuego.

“En ese momento, los padres de Alexandra ni siquiera tenían abogado y fue el IDIF el que se encargó de esta prueba. Mal pueden decir, ahora, que la misma fue manipulada. El Observatorio de Justicia se hizo cargo de la defensa de Alexandra mucho después, pero siempre buscamos la justicia con la verdad”.

Tiempo después, se descubrió que los parlantes y otros objetos robados del payaso, esa misma madrugada del feminicidio, estaban en poder de un taxista que también estuvo en contacto con Alexandra antes de su muerte. Por eso se amplió la investigación en contra del taxista.

Se acusó al payaso porque dio positivo a la prueba científica de la absorción atómica, además de otros elementos, y al taxista por complicidad, al haber llevado a Alexandra a su casa y estar en posesión de los objetos robados.

Sin embargo, en el proceso del mismo juicio, salió algo nuevo. El perito que efectuó la triangulación de llamadas, y el análisis de los extractos telefónicos, sostuvo que no hubo comunicación entre Erick Bryan y el taxista Edwin C.V. Además, reveló que el taxista también tenía en su poder el teléfono celular de Alexandra y que lo habilitó días después del crimen.

“Nada de esto se supo durante la investigación porque, en 2018, no existía el flujo de datos móviles para saber hacia dónde se movió el celular del payaso. Ahora, en 2022, ya existe la posibilidad de obtener una información más detallada de las telefónicas. En cuanto se supo esto en el juicio, les correspondía a los abogados del payaso pedir la producción de prueba extraordinaria, pero no lo hicieron. Ha sido el Observatorio de Justicia de la Fundación Voces Libres el que ha pedido la suspensión del juicio para la producción de prueba extraordinaria, porque sí nos interesa alcanzar justicia, pero con la verdad”, señaló. 

La prueba extraordinaria recién producida confirmó que el taxista estaba en posesión del celular de Alexandra y que el teléfono de Erick Brian estaba en la casa donde dijo que estaba. “Sin embargo, esto podría deberse a que salió sin celular de la vivienda. Es algo que debe ser esclarecido durante el juicio, pues hasta la fecha, el payaso no ha dicho por qué tenía pólvora de arma de fuego en las manos. Los peritos han explicado, durante el juicio, que los componentes de pólvora hallados en las manos del payaso no están presentes en los químicos de la pintura de payaso ni en los juegos pirotécnicos, sino exclusivamente en la pólvora de las armas de fuego. Tampoco explicó porqué se cambió de ropa. "Eso evitó hallar pólvora en su vestimenta. Es por eso que no se puede declarar la inocencia de Erick Brayan”, detalló Cortez.

Los nuevos elementos arrojados por la prueba extraordinaria han reforzado la hipótesis de que el taxista Edwin C.V. no es cómplice sino coautor del crimen, pero eso, de ninguna manera exime a Erick Brayan de haber participado del crimen. “Existe prueba científica con la que el Ministerio Público ha llegado a estas instancias de juicio y que, nunca fue cuestionada ni denunciada como falsa en los más de tres años de proceso. Es una prueba vigente legal y vigente y será un Tribunal el que declare la culpabilidad, la inocencia o el grado de participación de cada acusado, conforme a la evaluación de un conjunto de pruebas científicas, pericias, testimonios y documentos”, dijo la abogada.

“Queremos pedir a los medios de prensa que se maneje la información de manera responsable, toda vez que hemos visto titulares, entrevistas y notas periodísticas en las que se sentencia como inocente a una persona que aún está en proceso de juicio y sin haber cumplido la norma ética de recurrir a la parte contraria y al Ministerio Público para verificar la veracidad de cualquier versión”, sostuvo Cortez.

Acotó que, el hecho de que el taxista haya decidido presentar un memorial echándose la culpa él solo del crimen, no exime a los demás partícipes del delito. Un memorial no es una prueba y no tenemos un procedimiento abreviado, sino un juicio regular donde se evaluará la participación de cada uno en base al cotejo de un conjunto de pruebas existentes.

“Creemos que no se puede hacer artículos periodísticos asegurando que el sistema judicial procesó a un inocente, sin fundamentos, durante tres años, cuando aún no se evaluó las pruebas que existen en su contra. La detención preventiva no es un juicio, fue una herramienta para asegurar la presencia del payaso en el proceso. Durante estos tres años, todos los jueces, a su turno, consideraron la detención preventiva como necesaria porque existe una pericia científica que es la absorción atómica”.

Además, durante el proceso de investigación, ha habido muchas contradicciones en los testigos. “La prueba extraordinaria ha acorralado al taxista quien decidió inculparse y el Ministerio Público ha recalificado el delito de complicidad a autor principal, pero, el payaso sigue acusado por otras pruebas que no han sido desvirtuadas”.

El Tribunal le ha otorgado la cesación de la detención preventiva al payaso con un voto disidente, el del presidente del Tribunal. “No hemos cuestionado ni hemos apelado, pero de ahí a sostener su inocencia no es correcto y causa susceptibilidad a la familia de Alexandra porque esto significaría que, en los casos donde actúe una asociación criminal, ¿bastaría con que uno de los integrantes se eche la culpa para que el resto quede sin culpa, a pesar de que existan pruebas científicas de que pudieron actuar en conjunto? Pedimos que se aguarde el juicio, que se valoren todas las pruebas producidas de manera objetiva y las contradicciones. Estamos tratando, como institución, ser lo más objetivos posibles, no estamos forzando a la justicia y nunca lo vamos a hacer”, concluyó la representante del Observatorio de Justicia.

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