Gobierno y Asamblea Legislativa acaban de sellar su traición al Pueblo boliviano. La noche de este 26 de mayo de 2026, al promediar las 20 horas, la Cámara de Diputados –reunida en una cuestionable sesión plenaria virtual convocada bajo un orden del día opaco (Correspondencia y Asuntos en mesa”)- sancionó el proyecto de ley que abroga la Ley 1341 (Ley de Estados de Excepción).
Esta medida no es un ajuste técnico ni administrativo. Es el desmontaje planificado de los frenos democráticos para abrir las puertas al ejercicio del poder absoluto y punitivo. No es gobernabilidad. Es “dictadura jurídica”.
1. El origen de la traición: Nacer con deuda y gobernar para las élites. Bolivia atraviesa una profunda crisis socio-económica y política que no es accidental, sino la consecuencia directa de un quiebre democrático. El Gobierno de Rodrigo Paz Pereira traicionó la oportunidad histórica del voto obtenido en segunda vuelta. Aquella legitimidad relativa debía servir para administrar los bienes comunes del Estado bajo principios de producción, distribución y redistribución equitativa, priorizando a las mayorías trabajadoras productoras: gremiales, comerciantes, educación, salud, indígenas originarios campesinos, obreras, etc.
El Ejecutivo hizo exactamente lo contrario. No solo traicionó la confianza popular al priorizar a las élites oligarcas (que son minoría), sino que decidió gobernar en franco “desacato a la Constitución y a la institucionalidad plurinacional”. Su gestión ha sometido nuestra soberanía, ha contratado préstamos que superan los 16 mil millones de dólares, hipotecando el PIB por sobre el 36%.
A este estrangulamiento financiero se suma un entramado de corrupción y opacidad: el dinero siniestrado en el avión Hércules, el narcotráfico enquistado en esferas de poder y el nepotismo galopante. Ante la interpelación, el Gobierno responde desde la soberbia de clase señorial y neoliberal, ofendiendo la inteligencia de un pueblo que exige respuestas y no evasivas.
2. El Decreto Supremo 5503 y la rebeldía del Pueblo. Todo lo expuesto comenzó a gestarse desde la emisión del “Decreto Supremo 5503”. Pese a las primeras movilizaciones, el gobierno no respondió con un viraje hacia políticas que respeten la Constitución. Al contrario.
El Pueblo movilizado, a la cabeza de la “Central Obrera Boliviana (COB), en plena navidad y año nuevo, le dijo claramente: "Bolivia no se vende carajo", "Bolivia se defiende carajo". Declarándose en “Estado de Emergencia Permanente”. A sabiendas de todo ello, el gobierno no obedeció. Siguió en el desacato a la Constitución y a la democracia intercultural.
3. El nuevo levantamiento: 5 de mayo, más de 20 días de lucha. El Pueblo boliviano –las mayorías– volvió a levantarse. Esta vez iniciaron los indígenas de Pando en contra de la Ley 1720 (denominada Ley Branco Marincovich), seguido de los “maestros rurales”, demandando un incremento salarial justo. A ellos se sumó el “transporte de servicio público”, indignados por el combustible "basura" que destruyen sus herramientas de trabajo.
Tras más de 20 días de lucha, el Ejecutivo ha respondido con un catálogo de violencia estatal: soberbia, mentiras, represión física, robo de la ayuda solidaria destinada a los marchistas y la persecución judicial de las dirigencias sindicales. En paralelo, las minorías empresariales —articuladas en el Comité Cívico pro Santa Cruz y su brazo de choque paraestatal, la racista Unión Juvenil Cruceñista— presionaron públicamente fijando plazos para la declaración de un Estado de Sitio. Al verse limitado por los candados de la Ley 1341, el bloque conservador operó políticamente para eliminar la norma.
4. El camino hacia la abrogación: Fechas que duelen. La velocidad con la que se desmanteló la protección jurídica del pueblo devela una estrategia coordinada entre el oficialismo y la oposición derechista:
- 22 de mayo: El diputado Carlos Alarcón (Alianza Comunidad Ciudadana) presenta el proyecto de abrogación de la Ley 1341, bajo el argumento falaz de que la norma introducía trabas burocráticas no previstas en la Constitución.
- 24 de mayo: La Cámara de Senadores viabiliza la abrogación en una sesión de "honor" celebrada en la Casa de la Libertad en Sucre. Se consuma una provocación histórica: anular la ley de protección ciudadana el mismo día en que el país conmemora el Día Nacional contra el Racismo y toda forma de Discriminación.
- 25 de mayo: Coincidiendo con el aniversario del fallecimiento en el abandono de la heroína Juana Azurduy de Padilla y el primer grito libertario de América, la Cámara de Diputados convoca de urgencia a una sesión plenaria virtual para el día siguiente.
- 26 de mayo: Al promediar las 20:00 horas, la plenaria de Diputados sanciona definitivamente la abrogación, despojando al pueblo civil de sus garantías defensivas frente al uso de la fuerza militar.
Así; “sellaron así la traición al Pueblo boliviano” que salió a las carreteras y a las calles a proteger la dignidad y la soberanía patriótica.
5. La Ley 1341 no era un obstáculo burocrático; era el desarrollo legislativo estricto de los artículos 137 y 138 de la Constitución Política del Estado. Su texto operaba en perfecta consonancia con el derecho internacional de los derechos humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), obligando a que todo Estado de Excepción se rigiera bajo los principios de proporcionalidad, temporalidad, subsidiariedad y no discriminación (Artículo 6 de la norma abrogada).
Al suprimir esta ley, el Ejecutivo desplaza la excepcionalidad para convertir la fuerza en la regla ordinaria de gobierno. El Artículo 138 constitucional exige control; sin la Ley 1341, el Ejecutivo puede declarar el Estado de Sitio omitiendo los parámetros de control inmediato de la Asamblea Legislativa Plurinacional y disolviendo de facto las garantías jurisdiccionales y el debido proceso consagrados en el Artículo 115 de la CPE.
La movilización popular de maestros, transportistas y obreros no constituye una "conmoción interna" delictiva; es el ejercicio legítimo del control social y de la democracia directa, participativa y comunitaria. Su derogación busca etiquetar al pueblo movilizado como un "enemigo interno", criminalizando al guardián de la ética pública.
6. Violación al Derecho Internacional: Las "Ocho Cartas Blancas" de la impunidad. Los tratados internacionales con rango constitucional (PIDESC, PIDCP y la Convención Americana sobre Derechos Humanos) prohíben taxativamente la suspensión de derechos intangibles como la vida, la integridad personal, la libertad de conciencia y la prohibición de la tortura. Sin embargo, la abrogación genera intencionalmente un vacío legal para viabilizar lo prohibido.
La caída de la Ley 1341 otorga al Gobierno un pliego de impunidad que evoca las horas más oscuras del Plan Cóndor y de las masacres neoliberales:
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Abrogación de la Ley 1341 (las ocho cartas blancas) |
Suprimir Derechos Humanos fundamentales sin control legislativo. |
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Reprimir quitando los protocolos de protección al pueblo movilizado. |
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Perseguir, confinar y encarcelar preventivamente a las dirigencias. |
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Disponer de recursos públicos bajo figura de “Gastos Reservados” |
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Comprar armamento y munición de represión sin rendir cuentas fiscales. |
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Movilizar a las Fuerzas Armadas como primera opción y no como última ratio. |
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Quemar u ocultar archivos operativos y financieros de la persecución. |
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Permitir el ingreso o tránsito de tropas militares extrajeras. |
Este vacío vulnera frontalmente compromisos internacionales como la Convención contra la Tortura. Al eliminarse el Artículo 13 de la ley abrogada —que ratificaba la responsabilidad penal, civil y administrativa de policías y militares, anulando explícitamente la figura de la "obediencia debida"—, los abusos de poder quedan cubiertos por un manto de impunidad jurídica, maniatando la fiscalización de los organismos internacionales.
7. Decolonialmente. El estado de excepción como dispositivo racializado. Desde una matriz decolonial, la abrogación de la Ley 1341 representa la continuidad de la colonialidad del poder. En Bolivia, el Estado de Sitio ha operado históricamente como un dispositivo de control racializado y patriarcal. Las élites señoriales y las estructuras paraestatales como la Unión Juvenil Cruceñista, al exigir "mano dura", actualizan la lógica colonial de la encomienda y el pongueaje: consideran que los bienes comunes (tierra, gas, litio) deben ser gestionados por las corporaciones y las minorías, mientras que la sublevación del sujeto indígena, campesino y popular debe ser sofocada por la vía militar.
Desmantelar la exigencia de razonabilidad de la Ley 1341 es un acto de racismo estructural. Es reinstaurar el estigma colonial que dicta que si el habitante del campo o de las periferias urbanas protesta, no está ejerciendo un derecho, sino cometiendo un acto terrorista. Es la negación absoluta del Allin Kawsay (Vivir Bien) para retornar a un extractivismo secante donde la vida del desposeído se subordina al orden del capital.
8. Desde la mirada despatriarcal: Violencia epistémica sobre los cuerpos rebeldes. Desde el enfoque despatriarcal, el Estado de Excepción sin límites es una ofensiva directa contra el tejido comunitario y las mujeres que lo sostienen. En los bloqueos de carreteras, en las marchas de larga distancia y en las huelgas de hambre, son las mujeres populares —indígenas, maestras, gremiales— quienes asumen la soberanía alimentaria, el cuidado de los heridos y la dirección política de la resistencia.
La supresión de las salvaguardas legales de la Ley 1341 expone a las mujeres a una vulnerabilidad agravada, donde la militarización territorial se traduce históricamente en violencia política, violencia sexual en los cuarteles utilizados como centros de detención y el descabezamiento de las organizaciones de base. La abrogación constituye una muestra de violencia epistémica: el borrado jurídico de la voz y el cuerpo de las mujeres rebeldes que sostienen la vida comunitaria frente al avance del autoritarismo estatal.
En conclusión: Defender la ley es defender la vida del pueblo con conciencia, dignidad y amor a su Patria y que vela por el bien común de hoy y de mañana. La Ley 1341 no nació del capricho burocrático; fue promulgada en octubre de 2020 para frenar el autoritarismo de la cúpula que gobernaba de facto el país tras la crisis del año anterior. Hoy, los sectores conservadores cambian las reglas del juego porque sus intentos de forzar al Ejecutivo a declarar un Estado de Sitio directo tropezaban con la fiscalización de esta norma. Al abrogarla, buscan impunidad previa para evitar que se repitan los procesos penales por masacres de Estado, como las de Sacaba y Senkata.
La defensa de la Ley 1341 no es una disputa técnica o abstracta para los estrados judiciales; es la defensa del derecho de ejercicio de sus democracias directa – participativa y comunitaria; así, como a la existencia política del pueblo boliviano. La historia de los movimientos sociales enseña que las garantías democráticas se conquistan con resistencia y se defienden con movilización. Frente a la claudicación de la Asamblea y la soberbia del Ejecutivo, el pueblo boliviano se mantiene firme en las carreteras. La soberanía reside en las bases de la bolivianidad plurinacional, y la dignidad de que la patria se defiende de pie.
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