Mayo 30, 2026 -HC-

Ley Brisa (010): frente a la desinformación y negación de la realidad


Sábado 4 de Abril de 2026, 7:45am




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La reposición e inminente tratamiento de la ley 010 -más conocida como la ley Brisa de Angulo-  ha reabierto el debate sobre la premisas, alcance y pertinencia de ésta. Quienes se oponen al cambio de la figura de estupro por el de violación aplicable a niños, niñas y adolescentes sustentan sus observaciones en argumentos plagados de prejuicios y de desinformación. O lo que es peor de la intensión oculta de garantizar impunidad a mayores de edad que establecen relaciones sexuales haciendo uso de su poder y aprovechando la vulnerabilidad de sus víctimas.

En realidad, esta  norma busca modificar el Código Penal para eliminar el delito de estupro, remplazándolo por el delito de "violación incestuosa", además de  establecer la imprescriptibilidad de este delito sexual contra menores.

Confieso que yo misma observé con suspicacia y velada sospecha  esta propuesta de cambio del código penal, debido a la reticencia que me produce la cultura punitiva extrema en nuestra sociedad, que hace del agravamiento de penas un acto demagógico. Mis reparos coincidieron con la instalación del debate sobre este proyecto de ley durante el pasado periodo constitucional en el Senado. Faltaron a la verdad quienes definieron la misma como un proyecto “evista” promovido por Andronico Rodríguez y la “complicidad” de la entonces Senadora Andrea Barrientos. Se habló de móviles oscuros para ayudar al Jefazo, a eludir la imputación de estupro que pesa aún sobre su cabeza. Este criterio infundado no daba crédito al hecho de que además de agravarse la tipificación y la pena al modificar la noción de estupro  confundía a la opinión pública respecto a que las leyes rigen para lo venidero no siendo aplicable el principio de  irretroactividad. En otras palabras, no se borraba del ordenamiento el delito de estupro que supuestamente aseguraba impunidad en el caso abierto contra Evo Morales. 

Cambié de opinión conocidos los antecedentes que motivaron esta iniciativa. No era capricho de legisladores apuntados, sino una recomendación emanada de una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dictada el 2022 contra el Estado Boliviano a propósito de una denuncia interpuesta por la familia de Brisa de Ángulo por negligencia en la atención de una denuncia de estupro. Mucho se habló de ello en su momento, al punto que la CIDH, instruyó modificar el ordenamiento jurídico en los términos establecidos en la norma hoy en entredicho la cual  pretende evitar la impunidad o penas laxas a los cientos de delitos de violencia sexual que se registran en el país. Delitos “normalizados” en una sociedad machista que no aquilata las secuelas de este tipo de violencia sexual o de “consentimientos forzados” en la vida de niños, niñas y adolescentes. La cantidad de embarazos adolescentes debiera motivar la pronta aprobación de una norma de este tipo e impulsar políticas públicas preventivas y de apoyo a madres de este sector tan vulnerable.

Esta reflexión no es casual, llama la atención la estridencia de voceros de grupos evangélicos que no solo desinforman sin ruborizarse  sino reiteran argumentos falaces que niegan la gravedad y preocupante ocurrencia de estos delitos en nuestra sociedad. Al contrario de otras figuras delictivas, la “violación incestuosa” no da espacio para interpretaciones subjetivas o antojadizas tal como sugieren algunos juristas opuestos al proyecto de ley que impulsa un grupo de legisladores.  

Así como apoyo la pronta aprobación de la ley, me permito sugerir se evalué la posible exclusión del delito de violación incestuosa cuando se trate de adolescentes de 17 o 18 años, ¿será plausible  considerar atenuantes de evidenciarse la manipulación engañosa, consciente y utilitaria por parte de adolescentes de este tramo de edad en las relaciones afectivas y sexuales que involucren a jóvenes y adultos?

Finalizo, no debiera darse largas a una ley que hace mucho debió aprobarse sin mayores miramientos; aunque queda claro que, estas y otras normas no serán del todo efectivas,  entre tanto no se proceda a la reforma integral del sistema de justicia cuya crisis tocó fondo en nuestro país resultando a estas alturas una tarea insoslayable.

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