Pasó el tiempo de las promesas electorales y hace poco más de una semana asumieron la conducción del país el Presidente y Vicepresidente elegidos por la mayoría de los bolivianos, escuchándose discursos muy emotivos y esperanzadores de recuperar la institucionalidad del Estado arrasada principalmente por la última gestión de gobierno a cargo del presidente saliente Luis Arce Catacora.
Para nombrar nuevas autoridades en el Órgano Ejecutivo sonó bastante la palabra “meritocracia” y en su discurso de posesión, el presidente Paz afirmó: “Son hombres y mujeres con formación, conocimiento y compromiso con la patria”, refiri,éndose a la experiencia técnica y conocimiento del área que les toca liderar, marcando un quiebre con la administración pública clientelar durante el gobierno de Luis Arce que se asumió como botín de pegas para lograr “lealtad” y satisfacer los compromisos asumidos con determinadas dirigencias de organizaciones sociales.
La institucionalidad en la administración pública inicia en lo fundamental para cualquier entidad, con sus recursos humanos, porque a partir de su formación, experiencia en el área, capacitación continua, evaluación de sus resultados y otras características importantes, se pueden construir planes y proyectos de calidad, eficaces y eficientes que mejoren la vida de los habitantes de un país. Si esos recursos humanos no son los mejores entonces las instituciones comienzan a quebrarse y el Estado pierde el rumbo y finalidad de su existencia.
En Bolivia se intentó institucionalizar los recursos humanos de la Administración Pública a través de la Ley 2027, conocida como “Estatuto del Funcionario Público”, que establecía “la carrera administrativa con el objetivo de promover la eficiencia de la actividad administrativa pública en servicio de la colectividad, el desarrollo laboral de sus funcionarios de carrera y la permanencia de éstos condicionada a su desempeño” (art.18). Tal norma legal se complementaba con el Decreto Supremo 26115 del Sistema de Administración de Personal que era parte de los sistemas de Administración y Control Gubernamental de la Ley 1178.
Bajo esta regulación normativa se logró construir con mucho esfuerzo e inversión económica del Estado, una institucionalidad emergente principalmente en algunas entidades entonces prestigiosas como el Banco Central de Bolivia, la Defensoría del Pueblo o la Contraloría General del Estado, por nombrar algunas, en las que el reclutamiento de personal se tomaba en serio y alejado de favoritismos políticos pues se contrataba a quienes vencían en las convocatorias públicas a través de concurso de méritos y examen de competencia, obteniendo su certificación y condición de Funcionarios de Carrera otorgados por el Estado para resguardarlos de intereses político partidarios de los gobiernos de turno.
Ese logró para la administración pública fue destruido abusiva y prepotentemente por el gobierno de Luis Arce Catacora y la bancada parlamentaria del MAS que en 2020, ni bien asumido el poder, aprobó la Ley N° 1356 del Presupuesto General del Estado 2021, norma legal en la que “de contrabando” -pues por su naturaleza no podía legislar o modificar en su contenido materias que no tenían nada que ver con su objeto-, introdujeron la Séptima Disposición Final que ordenaba: “Los servidores públicos que formen parte de la carrera administrativa o que se encuentren tramitando el acceso a la misma bajo el régimen de la Ley N° 2027 de 27 de octubre de 1999, Estatuto del Funcionario Público, deberán realizar la presentación de la documentación adicional definida según la reglamentación señalada en el Parágrafo precedente, por lo cual su calidad de servidores públicos de carrera administrativa queda suprimida a partir de la puesta en vigencia de la presente Ley”.
Así, de un plumazo destruyeron lo poco que quedaba de la Carrera Administrativa en el Servicio Público, tildándolos de “pititas” sólo para arrancar esos cargos institucionalizados y repartirlos entre sus acólitos recomendados por dirigenciales sociales que además, vía Decreto Supremo N° 4469, podían evaluar a los servidores públicos que hayan cumplido con el Servicio Social Comunitario Descolonizador y Despatriarcalizador.
Tamaña aberración legal que violentó garantías constitucionales como el derecho al trabajo y la estabilidad laboral (art.46) o la irretroactividad de la ley excepto cuando beneficie al trabajador (art.123) -pues se desconoció una condición adquirida legalmente en el marco de la Ley 2027 y se legisló anulando retroactivamente dicha condición de Funcionario de Carrera otorgada por el Estado en cumplimiento de la ley-, derechos que fueron avasallados arbitraria e ilegalmente permitiendo al gobierno de Luis Arce adueñarse y disponer libremente de esos espacios de trabajo obtenidos por examen de méritos, pues tales Funcionarios de Carrera sólo podían ser destituidos previo proceso o por evaluación de desempeño deficiente y consecutivo, procedimientos que dicho gobierno intentó aplicar arbitrariamente pero que requerían tiempo y cumplimiento de procedimientos contrarios a sus intereses.
Por ello el nuevo gobierno que da señales de buscar recuperar la institucionalidad del Estado y promover la meritocracia en la Administración Pública, tiene la oportunidad histórica de demostrar que pone fin a un ciclo agotado por la prebenda y el clientelismo dirigencial que destruyo el servicio público, abrogando la absurda y arbitraria Disposición Final Séptima de la Ley N° 1356 y el aberrante D.S. N° 4469, devolviendo la legalidad y legitimidad a la función pública, recuperando el meritorio talento humano al servicio de Bolivia, cuyo reclutamiento y formación significó una gran inversión económica para el Estado, cuyos costos y consecuencias deberán ser cobrados a los autores de las agraviantes medidas en contra de Bolivia.
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