12 de agosto (Urgente.bo)- La nueva Ley de Inversiones presentada este pasado martes a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), fija reglas ante las controversias con una conciliación obligatoria previa y exige el concentimiento estatal expreso para acudir a arbitrajes en contratos de inversión y APP.
El artículo 95 señala que las entidades públicas, Entidades Territoriales Autónomas o la ANI identificarán y gestionarán tempranamente controversias vinculadas a inversiones, preservando la continuidad de los proyectos, el cumplimiento de la Ley y el interés público. La entidad involucrada o la ANI notificará oportunamente a la Procuraduría General del Estado cuando exista riesgo de controversia con el Estado
Asimismo, las partes deberán establecer etapas de negociación directa y conciliación antes de acudir a arbitraje o a la vía jurisdiccional, según corresponda. La conciliación será obligatoria como etapa previa, salvo lo disponga la legislación aplicable o el instrumento que contenga el consentimiento estatal.
La Ley de Inversiones además establece un arbitraje de inversión, en su artículo 99 menciona que el Estado solo se podrá someter a una controversia de inversión a arbitraje cuando exista consentimiento expreso, específico y válido.
El estado asumirá la obligación de ir a un arbitraje si el acuerdo consiste en algunas de estas fuentes: tratado internacional vigente y ratificado, norma de Derecho Comunitario directamente aplicable, contrato de Inversión o Contrato de Inversión de Interés Público, contrato de APP, o contrato de inversión respecto del cual una Ley autorice expresamente el arbitraje.
En el artículo 100 se habla del arbitraje y explica que, si un inversionista tiene firmado un contrato que incluye una cláusula de arbitraje válida, podrá usar ese tribunal arbitral para defender sus derechos y exigir que se le pague si el Estado incumple el contrato, le genera pérdidas económicas o le debe una indemnización.
“En el marco de la seguridad jurídica y la certidumbre contractual, los inversionistas que cuenten con acuerdos arbitrales formales, dispondrán de acceso a la solución arbitral de controversias para la tutela de sus derechos emergentes de las consecuencias patrimoniales, económicas, indemnizatorias y los incumplimientos contractuales derivados de los Contratos de Inversión, Contratos de Inversión de Interés Público o Contratos de APP”, señala.
El procedimiento arbitral se tramitará bajo la igualdad de las partes y el debido proceso. El tribunal arbitral debe estar compuesto por miembros de reconocido prestigio y al menos por uno de nacionalidad boliviana.
Dicho tribunal estará obligado a resolver la controversia aplicando la CPE, las Leyes, sin perjuicio de las normas de Derecho Comunitario y Derecho Internacional directamente aplicables y los tratados internacionales ratificados por el Estado.
En la ley se detalla que los jueces de Bolivia siguen con funciones específicas y limitadas, podrá revisar si el arbitraje cumplió con las reglas formales. El juez no puede cambiar ni intervenir en la decisión que tomaron los árbitros.
El arbitraje solo lo pueden usar los dueños reales de la inversión que estén debidamente registrados. La norma prohíbe el uso abusivo del arbitraje de inversión mediante reestructuraciones corporativas posteriores a los hechos que dieron origen a la controversia.
La norma aclara que solo podrán ser sometidas a arbitraje, las controversias sobre consecuencias patrimoniales y económicas de carácter contractual, de libre disponibilidad, emergentes de Contratos de Inversión, Contratos de Inversión de Interés Público o Contratos de APP.
En pasadas horas, Libre afirmó que el proyecto de Ley de Inversiones del Gobierno es inconstitucional porque incluye el arbitraje internacional para resolver controversias, lo que, según los legisladores, contradice artículos de la Constitución Política del Estado.


