La presente campaña electoral ha sido particularmente dura para mujeres candidatas. Organizaciones que velan por los derechos del género femenino en Bolivia identificaron “cinco casos emblemáticos” de odio, ataque y amenazas contra políticas que buscan el respaldo ciudadano el domingo 17 de agosto.
Eva Copa, alcaldesa de El Alto y hasta poco candidata a la Presidencia por Morena, Karla Robledo, excandidata a senadora de Santa Cruz por Alianza Unidad, Toribia Lero, candidata a diputada de Cochabamba por Unidad, Mariana Prado, candidata a la Vicepresidencia por Alianza Popular, y Susana Bejarano, que busca la primera senaturía de La Paz por la misma tienda, han sido las víctimas de estos casos de acoso y violencia política.
El trabajo de identificación de los casos fue realizado por el Observatorio de Género de la Coordinadora de la Mujer, organizaciones defensoras de derechos humanos, entre ellas la Red Coordinadora de la Mujer, la Red Observa Bolivia y la Plataforma Ciudadana por el Acceso a la Justicia y los Derechos Humanos.
Casos emblemáticos
El primer caso es el de Eva Copa Murga, actual alcaldesa de El Alto y hasta hace poco candidata a la presidencia por el Movimiento de Renovación Nacional (Morena). El informe señala que es víctima de violencia digital sistemática que cosifica su cuerpo, expone su vida íntima e incita a hacerle daño. Según el monitoreo realizado, se identificaron expresiones que trascienden el discurso violento y caen en la incitación a la violencia política extrema, con llamados a dañarla y/o eliminarla, lo que constituyen delitos graves.
Además, enfrenta una ridiculización constante y dudas sobre su capacidad de gobernar asociadas a su vida personal, a su género, edad, clase y etnicidad, con el uso de términos como “imilla” o “campesina” en el marco de discursos discriminatorios, misóginos, racistas y de odio.
El segundo caso involucra a Karla Robledo Guardia, excandidata a senadora suplente por Alianza Unidad, quien también fue blanco de expresiones de violencia política. En su caso, se emplearon frases que menosprecian su preparación y hacen énfasis en sus vínculos familiares.
Debido a este acoso y violencia sistemáticos, Robledo decidió renunciar a su candidatura, lo que llevó al Tribunal Supremo Electoral (TSE) a activar el Reglamento para renuncias y denuncias por acoso y violencia política. Aunque el ente electoral no aceptó formalmente su renuncia, Robledo ratificó su decisión de abandonar la candidatura, la cual se hizo efectiva.
El tercer caso se refiere a la candidata a diputada plurinominal de Cochabamba por Alianza Unidad Toribia Lero Quispe, sobre quien se identificó una narrativa sistemática de deslegitimación con una fuerte carga racista y sexista. Esta situación constituye una violación a sus derechos políticos y humanos, y está tipificada como delitos en el marco de la Ley 243, Ley contra el Acoso y Violencia Política hacia las Mujeres, y la Ley 045, Ley Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación. Se advirtió, además, el uso de un lenguaje simbólico violento, insultos, estigmatización y lenguaje ofensivo en su contra, sobre todo por su condición de mujer indígena.
El cuarto caso identificado es el de Mariana Prado Noya, candidata a vicepresidenta por Alianza Popular, quien enfrenta acoso y violencia política con el objetivo de desacreditar su capacidad política y su imagen como mujer. En los mensajes encontrados, se detectaron manifestaciones clasistas, expresiones misóginas y connotaciones sexuales.
Además, se identificaron frases discriminatorias que menoscaban su integridad, acompañadas de comentarios burlones, sarcásticos y degradantes, basados en estereotipos machistas que buscan minimizar o invisibilizar la participación política de las mujeres.
El quinto caso se refiere a Susana Bejarano Auad, candidata a senadora de La Paz por Alianza Popular, en el que se evidenció un patrón de agresión basado en insultos, descalificaciones emocionales y moralistas con estereotipos sexistas orientados a descalificar su vida privada y sus vínculos familiares y de pareja.
Se identificaron expresiones que implican intimidación o incitación indirecta a la violencia o a la autolesión con expresiones como “desaparece” o “guillete”, lo que supone violencia psicológica grave. Así también, sarcasmo y burlas para desacreditar su desempeño profesional, su credibilidad y su capacidad analítica.
Tania Sánchez, directora de la Coordinadora de la Mujer, indicó que esta información se basa en el primer reporte de monitoreo semanal del Observatorio de Género, una tarea que se desarrollará hasta la conclusión del proceso electoral. Dicho reporte fue realizado entre el 7 y el 28 de julio del año en curso, en las plataformas de Facebook, X (antes Twitter), TikTok, Instagram y YouTube; así también, en medios de comunicación.
De manera general, los resultados evidencian que las formas más comunes de agresión son: desprestigio, insultos y ridiculización (30%), descalificación o desvalorización (27%), ataques que reproducen estereotipos de género (25%); mensajes de odio, racismo, amenazas y hostigamiento (16%) y violencia vicaria (2%).
“Estas expresiones se constituyen en una vulneración de los derechos políticos de las mujeres y forman parte de una estrategia para desalentar y excluir a las mujeres del ejercicio pleno de sus derechos políticos.
Además, configuran delitos en la normativa boliviana: acoso, violencia política, discriminación y otros, que están tipificados en las leyes 243 y 045”, afirmó Sánchez. Advertencias preocupantes Los casos de Prado y Bejarano adquieren particular gravedad, debido a recientes amenazas públicas.
Según la publicación del 28 de julio por el periódico La Patria, la Federación de Campesinos Tupak Katari exigió públicamente la sustitución de ambas candidatas, otorgando un plazo de 72 horas a Alianza Popular para una respuesta y advirtiendo que, de no recibirla, evaluará su apoyo a dicha alianza política.
Del mismo modo, la Federación Nacional de Cooperativas Mineras de Bolivia ( Fencomin) hizo tal pedido, mediante una carta dirigida al candidato Andrónico Según la Coordinadora de la Mujer, estas advertencias constituyen un caso de acoso y violencia política contra mujeres, en los términos establecidos por la Ley 243, Ley contra el Acoso y la Violencia Política hacia las Mujeres.
La organización denuncia que los argumentos y amenazas emitidos por representantes de la Federación Tupak Katari y Fencomin buscan invalidar, intimidar y condicionar la participación de ambas candidatas en la contienda electoral.
Las organizaciones defensoras de derechos humanos instan al Ministerio Público a actuar, a instancia de parte, e iniciar las investigaciones pertinentes, identificando responsabilidades penales por la vulneración de derechos políticos. Asimismo, exigen al Tribunal Supremo Electoral cumplir con su deber de garantizar el ejercicio de los derechos políticos, libres de violencia y acoso político de todas las candidatas
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