Junio 22, 2026 -HC-

Estado de excepción: el velo de la impunidad ante la derrota de un modelo


Lunes 22 de Junio de 2026, 9:00am




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La reciente declaratoria de “Estado de Excepción por conmoción interna” a través del Decreto Supremo (DS) Nº5636 dictado el 20 de junio de 2026, no puede leerse como un acto administrativo aislado. Por el contrario, se erige como el último recurso de un régimen que, tras haber agotado su legitimidad y fracasado en su intento de imponer una restauración neoliberal, busca ahora en la excepcionalidad el refugio para encubrir su propia derrota política.

Al ser un gobierno accidental, en un breve tiempo ha demostrado su verdadera naturaleza autoritaria y neoliberal, poniendo en su gaveta del olvido a la Constitución Política del Estado Plurinacional (CPEP), sus promesas electorales y necesidades de las mayorías del pueblo boliviano.

Del desmantelamiento constitucional a la Ley 1740. EL camino hacia este decreto 5636 ha estado marcado por un persistente desacato a la CPEP. El régimen no solo ha ignorado el carácter plurinacional, comunitario e intercultural del Estado, sino que ha procedido a la desarticulación técnica de los mecanismos garantistas. La sustitución de la anterior normativa sobre estado de excepción, Ley Nº 1341 por la nueva Ley Nº 1740 de 8 de junio de 2026, no es un simple cambio procedimental. Desde un análisis crítico, esta transición operó como una arquitectura diseñada “a medida” del Ejecutivo. Mientras que la norma anterior guardaba armonía con el espíritu garantista de la CPEP –que prohíbe taxativamente suspender los derechos fundamentales en estados de excepción-, el nuevo marco legal junto al DS 5636, dota al Gobierno de facultades discresionales que rozan lo inconstitucional al permitir restricciones amplias bajo la excusa de la “conmoción interna”.

El análisis comparativo entre la abrogada Ley 1341 y la nueva Ley 1740 evidencia un retroceso significativo en materia de garantías. Mientras la anterior normativa establecía mecanismos de control social y límites claros a la acción estatal durante los estados de excepción, la Ley 1740 otorga facultades discrecionales al Ejecutivo. El DS 5636, que declara estado de excepción por 90 días por "conmoción interna", es el instrumento concreto de este nuevo régimen. La aprobación legislativa en una sesión nocturna, marcada por tensiones y el retiro del vicepresidente Edmand Lara —quien manifestó no estar de acuerdo con la medida—, refleja la fragilidad institucional y la imposición de la voluntad gubernamental. 

Terrorismo de Estado bajo el manto legal y más allá de la retórica. La definición de “terrorismo de Estado” no es retórica vacía; se sustenta en la praxis gubernamental reciente. La configuración de este fenómeno es clara: el uso sistemático de la fuerza pública y de actores paraestatales a partir del llamado del propio Presidente Rodrigo Paz por un video de 4 de junio de 2026, -luego fuera borrado, según afirmación del Vocero Presidencial-, con el propósito de infundir miedo y coartar la disidencia expresada vía democracias: directa – participativa y comunitaria, las que movilizan.

La caracterización de este gobierno como ejecutor de terrorismo de Estado encuentra sustento en sus acciones sistemáticas durante los 50 días de movilización. El uso de violencia desmedida, las detenciones ilegales y torturas documentadas mediante testimonios ciudadanos en redes sociales, la criminalización de la protesta, el racismo en la narrativa oficial y la persecución judicial configuran un escenario de terrorismo de Estado. Este concepto, definido como el uso sistemático de la violencia y el miedo por parte de un gobierno contra su propia población para lograr objetivos políticos, se materializa en Bolivia, por ejemplo, con la intervención del 6 de junio en San Julián (Santa Cruz), donde el gobierno recurrió a la Unión Juvenil Cruceñista (UJC) como grupo paraestatal, configurando terrorismo patrocinado por el Estado.

La denuncia del gobierno boliviano ante la OEA sobre un "atentado contra la democracia" resulta paradójica y confesional del desconocimiento de las democracias: directa participativa y comunitaria (las que movilizan y activan la participación y control social previstos en los artículos 11 y 341 de la Constitución) y de su actuación de rechazo al pronunciamiento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH); considerando que son sus propias acciones las que constituyen un atentado contra el orden constitucional. El canciller Fernando Aramayo calificó las movilizaciones como "sedición" y "terrorismo" , invirtiendo los términos para estigmatizar a quienes se oponen al régimen. El tono del Canciller es del tono del propio Presidente que llamó “vándalos”, “narcomovilizado”, etc., otros ministros y legisladores siguiendo su tono han llamado “inadaptados”, “inhumanos” a los movilizados, representantes de las mayorías. Esta narrativa oficial intenta ocultar que los verdaderos actos de terrorismo de Estado provienen de las fuerzas oficiales y sus grupos parapoliciales.

 

Al contrastar el discurso oficial del DS5636 –que invoca el resguardo del Estado”- con la realidad de las movilizaciones desde el 5 de mayo, observamos una desconexión total. Las denuncias de detenciones ilegales, el uso de grupos ajenos a las fuerzas del orden y la ausencia de registros oficiales sobre heridos y víctimas fatales demuestran que el Estado de Excepción no busca proteger a la población, sino proteger al régimen de su propia ciudadanía.

 

El Estado de Excepción como encubrimiento de la derrota del modelo neoloberal y la tercera oportunidad perdida. Es cuestión de tiempo para que la gente, particularmente citadina, por vivencia propia sienta los efectos de las decisiones neoliberales del Gobierno. El gobierno de Rodrigo Paz, que llegó al poder tras una votación forzada en segunda vuelta, ha utilizado el estado de excepción para encubrir su derrota política y su fracaso en imponer el modelo neoliberal. La movilización del 5 de mayo, que retomó el eslogan "Bolivia no se vende carajo", demostró que el pueblo mayoritario, desde la conciencia patriótica, rechaza las políticas de entreguismo: los préstamos inconstitucionales sin aprobación de la Asamblea, el combustible basura, la Ley 1720 de conversión de propiedad agraria para hacerla "vendible", y los narcovuelos con 180 toneladas de droga incautadas en Chile, etc., etc, etc...

 

El acuerdo firmado con la Central Obrera Boliviana (COB) el 19 de junio fue un intento desesperado por mostrar capacidad de diálogo, pero excluyó a los sectores campesinos y otros que mantuvieron los bloqueos. Este acuerdo, si se lee inextenso es la prueba del rendimiento del gobierno ante la agenda del Pueblo Boliviano, que no renuncia a los mandatos constitucionalizados, la defensa de derechos y exigencia de liberación de los detenidos ilegalmente, poniendo en evidencia la incapacidad del gobierno para resolver la crisis mediante el diálogo que sea respetuoso y honesto para con Bolivia y su opción por la fuerza. El estado de excepción, decretado horas después de firmar ese acuerdo, es la confesión de que el gobierno prefiere la represión antes que atender las demandas populares, respetar al Pueblo boliviano que manda a través de la CPEP. O sea que opta por el autoritarismo.

La fuerza del mandato del Pueblo. El Estado Plurinacional se fundó sobre valores axiológicos como el ama qhilla – no seas flojo, ama llulla – no seas mentiroso, ama suwa – no seas ladrón. La imposición de este estado de excepción evidencia una ruptura total de estos principios. La imposición de este estado de excepción evidencia una ruptura con estos principios. Un gobierno que necesita decretar la excepcionalidad para gobernar ha perdido, de hecho, su capacidad de dialogo horizontal y respetuoso con las mayorías y conquistar una legitimidad plena.

Hoy, más que nunca, la Asamblea Legislativa, el sistema Judicial y, sobre todo, la conciencia patriótica, tienen el deber histórico de verificar si la aplicación de estas medidas extraordinarias se limita estrictamente a los que la CPEP permite, o si estamos ante la consolidación de un régimen que prefiere sacrificar la libertad del pueblo antes que reconocer su propia incapacidad para conducir el Estado hacia el bienestar común.

El estado de excepción decretado mediante el DS 5636 y validado por la Asamblea Legislativa no es una medida excepcional para preservar el orden democrático, sino la manifestación más clara del carácter autoritario de un gobierno que ha decidido imponer el neoliberalismo por la fuerza. Como sostuviera el análisis constitucional comunitario, el gobierno ha pisoteado los mandatos axiológicos del "ama llulla" (no seas mentiroso), manteniendo una narrativa criminalizadora que oculta su verdadera naturaleza. El estado de excepción se convierte así en el manto que encubre la segunda derrota en 8 meses, de un proyecto neoliberal que, ante la resistencia popular, solo puede sostenerse mediante el terrorismo de Estado denominado “estado de excepción por conmoción”.

En apenas ocho meses de gobierno, este régimen ha desperdiciado por tercera vez la confianza de las mayorías bolivianas. Esa confianza –frágil y renovada una y otra vez por el pueblo- se asemejada a la cuerda del equilibrista: que exige un trapecista hábil, pero, sobre todo, requiere de voluntad política real, entendida como servicio al Pueblo, para transitar la delgada que separa la legitimidad relativa –otorgada en las urnas bajo presión de una 2da vuelta- de la legitimidad plena, que solo se construye con hechos, no con decretos inconstitucionales.

El gobierno ha demostrado que es ese trapecista. Prefirió la cuerda floja del autoritarismo antes que la solidez del diálogo que respete los acuerdos y al Pueblo; pero eligió el manto de la excepción antes que el mandato de la Constitución. Y en esa elección, ha quedado en evidencia: no cree en el Pueblo, no cree en la democracia intercultural, teme al Pueblo, y por eso lo reprime.

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