Mayo 19, 2025 -HC-

El certificado de sufragio deja de ser requisito en trámites

Desde ayer ya no es necesario presentar el certificado de sufragio del referéndum constitucional del pasado 21 de febrero para realizar movimientos bancarios y cualquier otro tipo de trámite.


Martes 24 de Mayo de 2016, 1:00pm






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La Paz, 24 de mayo (Urgentebo).- Desde ayer ya no es necesario presentar el certificado de sufragio del referéndum constitucional del pasado 21 de febrero para realizar movimientos bancarios y cualquier otro tipo de trámite. El Órgano Electoral Plurinacional emitió el lunes un comunicado con esa información.

El certificado de sufragio es el único documento que acredita haber cumplido con la obligación del voto, este certificado contiene los datos del votante y fotografía. 

Sin el certificado de sufragio o el comprobante de haber pagado la multa, las electoras y los electores, dentro de los noventa días siguientes a la elección, no podían acceder a cargos públicos, efectuar trámites bancarios ni obtener pasaporte. 

Ayer fenecieron los 90 días que la norma establece para la obligatoriedad de la presentación del Carnet de Sufragio para los mencionados trámites.

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