Abril 15, 2026 -HC-

¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir los postulantes a vocales del TSE?


Jueves 4 de Diciembre de 2025, 5:00pm




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4 de diciembre (Urgente.bo)- Este viernes, 5 de diciembre, la presidencia de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) recibirá los documentos de los postulantes a vocales para el Tribunal Supremo Electoral (TSE). Los interesados cumplir ciertos requisitos.

Requisitos generales

  • La persona debe haber cumplido 30 años al momento de su postulación y ser de nacionalidad boliviana.
  • El postulante (solo varones) debe haber cumplido con los deberes militares.
  • No tener pliego de cargo ejecutoriado pendiente de cumplimiento, establecido en el Artículo 234 de la Constitución Política del Estado.
  • No tener sentencia condenatoria ejecutoriada pendiente de cumplimiento en materia penal
  • No contar con antecedentes de violencia ejercida contra una mujer o cualquier miembro de su familia, que tenga sentencia ejecutoriada con calidad de cosa juzgada
  • Estar inscrita o inscrito en el Padrón Electoral
  • Hablar al menos dos idiomas oficiales del país
  • No incurrir en los casos de prohibición o incompatibilidad
  • No haber sido designado anteriormente como Vocal del Tribunal Supremo Electoral

Requisitos específicos

  • No tener militancia en ninguna organización política, de conformidad al Artículo 14 de la Ley N° 018.
  • Tener título profesional con un mínimo de cinco (5) años a partir de la emisión del Título en Provisión Nacional
  • Contar con experiencia profesional de al menos cinco (5) años acreditados en el desempeño con honestidad y ética en funciones relacionadas al cargo que se postula a partir del título en provisión nacional
  • Contar con formación y conocimientos especializados en materia Constitucional, Administrativo, Derechos Humanos, Electoral, Registral, Notarial, Sistemas Informáticos, Sistema de Seguridad Informática, Económica, Comunicación y Ciencias Políticas
  • No haber sido dirigente o candidato de ninguna organización política en los cinco (5) años anteriores a la fecha de designación
  • No tener parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad con ninguna funcionaria o funcionario del mismo tribunal, con el Presidente y Vicepresidente del Estado Plurinacional, Magistradas y Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, del Tribunal Constitucional Plurinacional, del Tribunal Agroambiental y miembros del Consejo de la Magistratura, ni Gobernadores o dirigentes nacionales de organizaciones políticas
  • Renunciar de manera expresa y pública a la membresía en cualquier logia
  • Renunciar de manera expresa y pública a la condición de dirigente o autoridad ejecutiva de cualquier asociación, cooperativa, institución u organización empresarial, social o cívica que por su naturaleza e intereses pueda influir en el libre ejercicio de sus funciones electorales
  • No haber convocado, organizado, dirigido, supervisado, administrado o ejecutado algún proceso electoral o referendo, de alcance nacional, departamental, regional o municipal, que haya sido realizado al margen de la Ley
  • No haber impedido, obstaculizado, resistido o rehusado un proceso electoral o referendo, de alcance nacional, departamental, regional o municipal, que haya sido convocado con apego a la Ley