La Paz, 8 de diciembre (Urgentebo).- El abogado Constitucionalista Carlos Alarcón presentó un memorial al Tribunal Supremos Electoral (TSE) con el pedido de que dé estricto cumplimiento a los resultados del referendo del 21 de febrero de 2016 (21F) pues, desde su punto de vista, el fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional del 28 de noviembre puede aplicarse en las elecciones del 2024 para el caso del Presidente y Vicepresidente.
“Le pido al Tribunal Supremo Electoral que determine la aplicación de los resultados del 21F para las elecciones 2019, en respeto a la decisión del soberano a la democracia y de la Constitución y que los efectos del fallo con relación al artículo 168 los aplique para el año 2024. Es decir, no puede decir retroactivo”, manifestó.
Aclaró que los únicos que no estarían habilitados para las elecciones 2019 son el presidente Evo Morales y vicepresidente Álvaro García Linera, porque el referéndum del 21 de febrero del 2016, solo se refirió a esos cargos en cambio las autoridades subnacionales estarían habilitados.
Alarcón argumentó que la sentencia del Tribunal Constitucional no tiene carácter retroactivo, por lo cual no se puede aplicar para estas elecciones nacionales. Asimismo, puntualizó que el TSE, como uno de los Poderes del Estado, tiene la competencia de hacer respetar los resultados del referendo constitucional.
“El articulo 24, numeral 13, de la Ley del Órgano Electoral Plurinacional, establece como atribución del Tribunal Supremo adoptar medidas necesarias para que todos los procesos electorales, referendos y revocatorios de mandatos se lleven adelante en el marco de la Constitución Política del Estado y de la Ley”, explicó.
El constitucionalista manifestó que la normativa electoral fundamenta que la decisión del soberano, que emergen de un proceso de votación, son de cumplimiento obligatorio.
“El articulo 29, numeral 8 de la Ley del Órgano Electoral, que establece como atribución jurisdiccional del Tribunal Supremo Electoral la de conocer y decidir si recurso ulterior las controversias entre otros, sobre cumplimiento de derechos políticos en procesos electorales, referendos y revocatorios de mandatos”, agregó.
Además dijo que: “ahora no es que yo esté avalando el fallo (del TCP) como lo dijo el viceministro Trigoso, yo digo que este fallo es el mayor atentado en los últimos tiempos de Bolivia. Pero si esta prohibición de retroactividad de los fallos se aplica a los fallos correctos y adecuados a derecho con cuenta, con mayor razón no debería aplicarse a este fallo, eso es lo que le digo al TSE, entonces el TSE no tiene que consultar nada al Constitucional, él aplicando el artículo 14 del Código Procesal Constitucional determinar las reglas de juego”
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