Noviembre 08, 2024 -H-

Ahora Evo pide una indemnización de casi Bs 2 millones por su inhabilitación como candidato a senador


Viernes 24 de Mayo de 2024, 9:15am






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El expresidente y dirigente cocalero Evo Morales ha decidido cobrar como indemnización la suma de casi Bs 2 millones (alrededor de $us 270.000), al Tribunal Supremo Electoral (TSE) por haberlo inhabilitado como candidato a senador por Cochabamba en las elecciones de 2020.

“Solicitamos respetuosamente se proceda a la calificación y consecuente indemnización económica a favor de Juan Evo Morales Ayma por un total de Bs 1.912.933,59 (Un millón novecientos doce mil novecientos treinta y tres) por concepto de lucro cesante y daño emergente a ser pagado por el Tribunal Supremo Electoral”, señala la demanda presentada por el abogado de Morales, Wilfredo Chávez.

El dirigente cocalero argumentó que esta inhabilitación le causó un daño económico, lucro cesante y daños inmateriales; es decir, traumas o daños emocionales, según reveló el periodista Pepe Pomacusi, el jueves en su programa en radio Éxito.

El representante legal de Morales que el cumplimiento de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0087/2021, difundida el 7 de mayo de 2021. El fallo declaró inconstitucional la inhabilitación de la candidatura de Morales y dispuso el pago de una indemnización económica.

En aquel entonces Morales descartó cobrar la indemnización por su inhabilitación y dijo que solo le interesaba “saber quién dio la orden” para su inhabilitación.

“Nunca hemos pedido indemnización por la inhabilitación política ilegal e inconstitucional a nuestra candidatura como senador por Cochabamba. Estamos sorprendidos de que el Tribunal Constitucional Plurinacional – TCP recién publique una sentencia que siempre supimos debía ratificar nuestro derecho a postularnos”, escribió Morales en su cuenta de Facebook el 17 de marzo de 2022.

Sin embargo, ahora la defensa de Morales presentó una “solicitud del daño consecuente” y señala que la pérdida y los gastos están cerca de Bs 2 millones.

Por su parte, la Sala Constitucional Segunda de La Paz habilitó un periodo de prueba de 10 días para que la parte accionante pueda demostrar la “pérdida o disminución patrimonial que haya sufrido la parte damnificada como consecuencia del acto ilegal cometido en su contra”, además de los gastos que efectuó y otros.

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