24 de abril (Urgente.bo).- La diputada de Unidad Andrea Ballivián explicó, en entrevista con Urgente.bo, que la Ley Brisa busca, mediante el concepto del consentimiento, que ciertos casos de violencia sexual no queden impunes. Además, explicó que con la imprescriptibilidad las víctimas denuncien cuando se sientan preparadas.
“Hay elementos también que van a ser necesarios aclarar que no han sido consentidos, y no pueden caerse estos casos legales. Entonces, por eso estamos estableciendo que el consentimiento es bastante importante para determinar el elemento del delito”, dijo y añadió que hay casos donde no existe violencia física o psicológica, pero se ha constituido una violación.
La legisladora remarcó que el concepto del consentimiento no se aplicará para menores de edad y tampoco en todos los casos de violación, sino en situaciones específicas donde no existe evidencia de fuerza física para evitar que ciertos delitos sexuales queden impunes por vacíos en la normativa actual.
Actualmente, el Código Penal, en el artículo 308, establece que la violación ocurre cuando hay “acceso carnal o inserción de objeto sin consentimiento, incluso si no hay uso de fuera física o intimidación, o si se alega un supuesto consentimiento”. No obstante, aunque menciona este concepto, no lo define como “elemento constitutivo”, es decir, como un elemento principal para determinar que es una violación.
En ese sentido, la diputada mencionó el caso de un padrastro que usó capsulas de dormir para violar a su esposa e hija, durante el proceso ambas mujeres no van a poder demostrar que existió fuerza física al momento del abuso, y en este escenario entraría el concepto del consentimiento de la Ley Brisa, es decir, sería una prueba clave para la investigación.
En esa línea, sostuvo que la incorporación del consentimiento al Código Penal es para que en ciertos casos se generen elementos claros, que hagan que los procesos por violación no se caigan o no sean contemplados.
Sin embargo, aclaró que existen otras pruebas constitutivas dentro de los procesos penales, para determinar si existió o no una violación. “En ese momento la víctima va a tener un trauma y se van a sumar peritos donde van a decir si ha habido o no violencia física, aunque ella estaba dormida”, dijo y resaltó que el consentimiento no será el único elemento que se tomará en cuenta durante un proceso.
“No es el único elemento para establecer una pena. Un juez y fiscal lo tiene claro. O sea, no porque una víctima diga que hubo una violación sin consentimiento, el presunto agresor va a ir a la cárcel por 25 años”, dijo Ballivián.
Asimismo, la diputada remarcó que un juicio por violación no se basa solamente en un punto de una modificación en la norma y aclaró que el concepto del consentimiento aún está siendo analizado, en conjunto con expertos de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA), para aplicarlo de la mejor manera en la ley.
La imprescriptibilidad en la Ley Brisa
La imprescriptibilidad en la Ley Brisa es para las víctimas que llevan “una pena en el alma, un problema emocional, depresión o psicológico”, remarcó Ballivián y subrayó que la ley tiene que contemplar ciertas características que diferencien unos delitos de otros.
Según el Código de Procedimiento Penal, una víctima de violencia sexual tiene hasta cuatro años para hacer la denuncia. En esa línea, la diputada explicó que, si una persona fue violada a los 18 años, luego de cuatro años, o sea a los 22, aún no tendrá la fuerza emocional ni económica para llevar a cabo un proceso.
“Las personas que han vivido violencia sexual, empiezan a decirlo, aceptarlo y a difundirlo dentro de su familia, que han sido víctimas, desde los 30, 40, 50 años. Porque hay casos en que le vas a tener que decir a un padre: me violó mi tío, me violó mi primo”, aseveró Ballivián.
Por otra parte, la legisladora señaló existe una sentencia del Tribunal Constitucional, que es el número 0822-2019-F2, que establece la imprescriptibilidad ante los delitos de violencia sexual a los niños, niñas y adolescentes. En ese sentido, remarcó que esta figura no es inconstitucional, porque son las “máximas instancias judiciales en Bolivia, con este auto supremo, quienes están diciendo que debe acatarse la imprescriptibilidad para los casos de violencia sexual a menores de edad”, subrayó.
Asimismo, informó que, en conjunto con abogados de la UMSA, analizan para poner un límite de tiempo para la denuncia. “La idea es que con estas mesas de trabajo la imprescriptibilidad tenga un tiempo de decir la persona que haya vivido violación sexual cuando fue niña o adolescente tenga unos 20 años más para denunciar, una vez que haya cumplido la mayoría de edad”, indicó.
La Ley Brisa no se relaciona con la 348
La diputada aclaró que la Ley 348 habla sobre 16 tipos de violencia a familias e incluso a menores de edad. Sin embargo, la Ley Brisa un tema penal específico para casos de violencia sexual a niños y adolescentes.
“La 348 te puede establecer muchos temas, pero no entra exactamente a lo penal. La Ley Brisa va a la pena, a la sanción, a la acción. Entonces no tienen relación”, subrayó y remarcó que tampoco es sobre las denuncias falsas; sino sobre la imprescriptibilidad, la violación niño, niña o adolescente, el consentimiento, la violación incestuosa, la derogación del estupro.
En ese sentido, Ballivián remarcó que la norma es sobre modificaciones, derogaciones al Código Penal y al Código del Procedimiento Penal, que son distantes a la Ley 348. “No porque las dos leyes vean tipos de violencia, significa que son lo mismo”, resaltó.


