Días después de que el Movimiento Al Socialismo hizo público un informe del Servicio Intercultural de Fortalecimiento a la Democracia (SIFDE) sobre el congreso de dicha organización política, el Tribunal Supremo Electoral, en un comunicado, afirmó que como efecto de la resolución que rechaza el registro de su directiva nacional, dispuso que se mantiene la Dirección Nacional del MAS-IPSP hasta la realización de un nuevo congreso ordinario.
“Como efecto de la decisión asumida por el TSE, se ha dispuesto mantener la dirección nacional del MAS-IPSP registrada en el año 2017 a través de la Resolución TSE-RSP-JUR Nº 005/2017, de 1 de febrero de 2017, hasta la realización de un nuevo Congreso Ordinario”, dice el comunicado emitido la tarde de este viernes por el Tribunal Supremo Electoral.
En el congreso del MAS-IPSP del año 2017 fue elegido Evo Morales Ayma como el máximo dirigente de dicha organización política, que actualmente atraviesa una profunda división.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) comunica a la opinión pública lo siguiente:
- La Sala Plena del TSE ha emitido la Resolución TSE-RSP-ADM N° 344/2023, de 31 de octubre de 2023, sobre decisiones asumidas por el X Congreso Ordinario Nacional del MAS-IPSP, que dispuso: “RECHAZAR el registro y las determinaciones del X Congreso Nacional Ordinario de la organización política Movimiento al Socialismo- Instrumento Político por la Soberanía de los Pueblos (MAS-IPSP), en cuanto a la elección de su Directiva Nacional y el Tribunal de Disciplina y Ética Nacional”. Esta resolución no se pronunció sobre la nulidad o validez del Congreso, por cuanto la competencia del TSE se limita a la supervisión, reconocimiento y registro de autoridades elegidas en un evento partidario, o el registro de un estatuto orgánico.
- Como efecto de la decisión asumida por el TSE, se ha dispuesto mantener la dirección nacional del MAS-IPSP registrada en el año 2017 a través de la Resolución TSE-RSP-JUR Nº 005/2017, de 1 de febrero de 2017, hasta la realización de un nuevo Congreso Ordinario.
- El Recurso Extraordinario de Revisión planteado por el MAS-IPSP se encuentra en la fase de consideración de las recusaciones planteadas contra dos vocales electorales, que es un trámite de previo y especial pronunciamiento.
- Ante las aseveraciones acerca de que el 21 de noviembre de 2023 el TSE debe resolver el recurso planteado, se aclara que de acuerdo al artículo 219 de la Ley N° 026 del Régimen Electoral, el TSE tiene un plazo de 15 días calendario para resolver el recurso, computable a partir de la radicatoria del mismo en Sala Plena. La radicatoria se producirá una vez resueltas las recusaciones planteadas.
- El TSE no se pronunciará nuevamente sobre el tratamiento del recurso hasta que emita la resolución final.