29 de abril (Urgente.bo).- La expresidenta Jeanine Añez presentó una acción de inconstitucionalidad concreta contra el Tribunal Primero de Sentencia, por lo cual deberá abstenerse de emitir sentencia hasta que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) resuelva o emita un fallo.
“En procura de verdadera Justicia, quiero comunicar a este Tribunal que el día de ayer presenté una Acción de Inconstitucionalidad concreta contra los Artículos 153 y 154 del Código Penal, referentes a resoluciones contrarias a la Constitución Política del Estado y a las leyes e incumplimiento de deberes”, dijo la mandataria este viernes en la audiencia por el caso Golpe de Estado II.
Según Añez, ambos artículos son “difusos, discrecionales e indeterminados”. El artículo 154 del Código Penal dice: “La servidora o el servidor público que ilegalmente omitiere, rehusare hacer o retarde un acto propio de sus funciones, será sancionado con privación de libertad de uno a cuatro años. La pena será agravada en un tercio, cuando el delito ocasione daño económico al Estado”.
El artículo 153 de la normativa establece que: “La servidora o el servidor público o autoridad que dictaré resoluciones u órdenes contrarias a la Constitución o a las leyes, o ejecutare o hiciere ejecutar dichas resoluciones u órdenes, será sancionado con privación de libertad de cinco a diez años. La misma pena será aplicada cuando la resolución sea emitida por un fiscal”.
“Ello genera verdadera inseguridad a cualquier servidor público del Estado, que irónicamente comprende a muchos de los que participan en este juicio”, añadió la mandataria.
“Asimismo, considero específicamente para el delito de “Resoluciones contrarias a la Constitución y a las leyes”, que no se puede dejar a la interpretación de un fiscal o juez ordinario la conducta de una persona como inconstitucional, siendo ello exclusiva atribución del Tribunal Constitucional, conforme lo manda nuestra Constitución Política del Estado y el Código Procesal Constitucional”, acotó Añez.
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