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15 de octubre (Urgente.bo).- La Sentencia Constitucional 052/2021 del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) no reconoce la renuncia de la expresidenta de la Cámara de Diputados, Susana Rivero, que la realizó por Twiter, sino la que presentó oficialmente el 14 de noviembre del 2019.
El Tribunal Constitucional publicó un fallo este viernes en el que afirma que la sucesión presidencial ipso facto ocurre únicamente para el caso de la Presidencia del Estado, rechaza el argumento ipso facto que usó la exdiputada Margarita Fernandez Claure, de Unida Demócrata para ejercer la presidencia de la Cámara de Diputados.
“Por lo mismo, el sustento de la demanda de nulidad presentada por Margarita del Carmen Fernández Claure, no tiene asidero fáctico ni jurídico, ya que en el supuesto que la renuncia de Susana Rivero Guzmán se hubiera ratificado públicamente, no surte efecto jurídico alguno al no haberse planteado ante el Pleno de la Cámara de Diputados para considerarla y hacer efectiva la pérdida de mandato mediante resolución camaral, como se exige por el art. 28 de su Reglamento General”, dice el documento.
“De allí que no sea evidente la denuncia sobre supuesta nulidad de actos por falta de competencia de la recurrida como consecuencia de una carta 22 de renuncia publicada en redes sociales; debido a que esta no se trata de un acto formal ni legal, a más que no fue presentada ni tratada conforme a lo exigido por la normativa reglamentaria de la Cámara de Diputados”, añade la sentencia 0025/2021.
Tanto las renuncias Borda y Rivero fueron consideradas el 13 y 14 de noviembre del 2019, dos días después de la proclamación de la exmandataria que hoy está recluida en Miraflores. Según la evidencia que la exdiputada Susana Rivero Guzmán, fungía como Primera Vicepresidenta de la Cámara de Diputados por la legislatura 2019-2020, siendo Presidente de dicha instancia legislativa, el entonces diputado Víctor Ezequiel Borda Belzu.
Y, fueron ratificadas en la 206ª Sesión Plenaria de 20 de noviembre del 2019 “por lo que, hasta entonces, la ahora recurrida (Susana Rivero) ejerció válidamente la Presidencia de la Cámara de Diputados, en reemplazo del que fuera su Presidente (Evo Morales)”, añade el fallo.
En interpretación del ministro de Justicia, Iván Lima, esto quiere decir que el gobierno de Añez no fue constitucional y dijo que muchas de las decisiones asumidas deben ser anuladas.
Según la evidencia que la exdiputada Susana Rivero Guzmán, fungía como Primera Vicepresidenta de la Cámara de Diputados por la legislatura 2019-2020, siendo Presidente de dicha instancia legislativa, el entonces diputado Víctor Ezequiel Borda Belzu.
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