Mayo 24, 2025 -HC-

Se podrá aplicar al Perdonazo por multas de Impuestos y Aduanas hasta febrero del 2019

El proyecto de Ley tiene por objeto establecer un período de regularización en el pago de deudas tributarias con el SIN y ANB, hasta el 28 de febrero de 2019, con la reducción de sus multas de hasta un 95% condonando los intereses, dependiendo de la oportunidad de pago.


Jueves 13 de Septiembre de 2018, 7:45pm






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El Proyecto del Ley del Perdonazo Tributario, que ha sido aprobado en la Cámara de Diputados, establece que todas las personas naturales y jurídicas que tengan deudas con Impuestos Nacionales o la Aduana podrán pagar sus obligaciones, en efectivo o en el marco de un plan de pagos, hasta el próximo 28 de febrero de 2019, con una reducción de la multa de hasta el 95 por ciento.

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El ministro de Economía y Finanzas Públicas, Mario Guillén, explica los alcances de la Ley del Perdonazo (foto: Cámara de Diputados)

El proyecto de Ley tiene por objeto establecer un período de regularización en el pago de deudas tributarias con el SIN y ANB, hasta el 28 de febrero de 2019, con la reducción de sus multas de hasta un 95% condonando los intereses, dependiendo de la oportunidad de pago.

El ministro de Economía y Finanzas Públicas, Mario Guillén explicó al pleno de la Cámara de Diputados el proyecto de Ley de Regularización en el pago de Impuestos de Dominio Tributario Nacional que busca que los contribuyentes puedan sanear sus deudas pendientes con el Estado.

De acuerdo con la ley aprobada, si el contribuyente honra su deuda (tributo omitido y mantenimiento de valor) al contado, hasta el 30 de noviembre de 2018, se condonará el interés y se le reducirá la multa en un 95%; mientras que, si paga su deuda en efectivo hasta el 28 de febrero de 2019, será sin interés y con la reducción del 90% de la multa.

El perdonazo no solo favorecen a los contribuyentes que pagan su deuda al contado, también existe la opción de amortizar los adeudos tributarios al Fisco mediante un plan de pagos, en hasta 60 meses plazo, con una reducción del 80% de la multa y sin interés.

Según la norma, se plantea llegar a todos los contribuyentes sean estas personas naturales o jurídicas que tengan deudas con el SIN o ANB, sin importar su antigüedad, ni el estado en el que se encuentre su proceso, alcanzando a todos los ilícitos tributarios.

En este contexto, el Ministro señaló que existen deudas tributarias cuya cuantía es menor al costo administrativo en el que incurre el SIN y la ANB para exigir el pago de la deuda tributaria, más aún cuando éstos se encuentran en impugnación.

"Lo que buscamos es que la carga procesal impositiva rebaje, porque nos cuesta más contratar abogados para recuperar la deuda tributaria", complementó Guillén.

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