Mayo 21, 2025 -HC-

Piropos, miradas y señales obscenas son acoso callejero y tiene sanción


Lunes 12 de Septiembre de 2022, 1:00pm






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La Paz, 12 de septiembre (Kelly Cruz, Urgente.bo).- Iblin V. es joven mujer que fue víctima de acoso sexual callejero el 12 de agosto en el sur de la ciudad de La Paz. Un hombre adulto la agredió verbalmente a ella, acompañada de su amiga, cuando se encontraba manejando su vehículo en las calles 12 y 13 de Calacoto. El sujeto la atacó verbalmente en presencia de un efectivo policial.

Semanas después del hecho, la mujer denunció en sus redes sociales. En los vídeos se escuchan palabras vul-gares y se ven gestos obscenos del agresor. El policía eso sí buscó calmar al hombre, muy alterado, pero no lo sanciona ni lo detiene.

Según Tania Sánchez, directora de la Coordinadora de La Mujer, el acoso sexual callejero es una realidad que se ha naturalizado en el país, a pesar de que hay normas que lo castigan. Por otro lado, un estudio señala que nueve de cada 10 jóvenes de El Alto señalan que fueron víctimas del acoso.

En el caso de la anterior semana, la Fiscalía abrió el caso de oficio y después una de las víctimas presentó su denuncia. Como efecto, el agresor fue citado para que la próxima semana preste sus declaraciones por acoso sexual.

Como estos casos, hay muchos más. Mujeres, jóvenes y adolescentes son víctimas de personas desconocidas que actúan solas o en grupo, quienes con miradas, silbidos, piropos suaves; piropos agresivos; “metida de mano”, filmación sin consentimiento; exhibiciones obscenas delante de la víctima, y en especial persecución.

Estos casos, que ocurren en diferentes barrios de Bolivia, no son denunciados ni publicados, por intimida-ción , miedo y vergüenza de la víctima, ya que muchas mujeres piensan que esta violencia no tiene ningún tipo sanción.

“Una vez por el CEIBO (El Alto) me han perseguido, me han metido mano, y le he dicho qué le pasa, pero me ha seguido, estaba muy asustada, y el mismo señor mayor me seguía el paso, estaba asustada, entonces me he puesto a llorar, y a pesar de que todos me han visto solo dos personas me han ayudado”, relató una víctima de acoso en El Alto.

Según la Organización Mundial de la Salud, las víctimas de acoso callejero generalmente tienen entre 10 y 19 años, lo que no quiere decir que el resto no sufra ataques. Lo preocupante es la edad temprana de niñas que sufren acoso callejero. “A mí me molestaron desde que tenía 11 años, cuando fui a comprar pan, era un chofer de mi zona, fue la primera vez que lloré todo el día”, comentó otra.

En Bolivia, la Ley 348 señala los diferentes tipos de violencia contra la mujer y el acoso sexual callejero se puede inscribir en al menos cinco tipos de violencia, entre ellas: la psicológica, la simbólica, la cometida contra dignidad, la honra y el nombre y contra los derechos y la libertad sexual.

El acoso callejero puede ser relacionado con el acoso sexual y por este delito, según la Ley 348, el autor pue-de ser sancionado con cárcel de cuatro a ocho años.

“La persona que, valiéndose de una posición jerárquica o poder de cualquier índole hostigue, persiga, exige, apremie, amenace con producirle un daño o perjuicio cualquiera, condicione la obtención de un beneficio u obligue por cualquier medio a otra persona a mantener una relación o realizar actos o tener comportamientos de contenido sexual que de otra forma no serían consentidos para su beneficio o de una tercera persona, será sancionada con privación de libertad de cuatro a ocho años”, indica el artículo 312, capítulo I.

Según una encuesta realizada por Alianza Solidaria, 9 de cada 10 mujeres admiten que han sido víctimas de acoso callejero.

“Constantemente salir a la calle, nos da miedo porque es motivo para que te metan mano, te violen, te rap-ten, y no volvamos a ver nuestra familia. Nos causa traumas, nos da miedo caminar solas”, comentó una joven entrevista por la encuesta.

Los casos de acoso sexual callejeron se dan con frecuencia en los siguientes espacios públicos: existe una predominancia del 54% en la calle, 17% en la plaza, 12% en el minibús, 5% cerca de casa, 1% en el taxi, y en otros espacios que no especificaron.

La propuesta para el anteproyecto de modificación de la ley 348 se incluyó las sanciones contra la violencia ginecoobstétrica con penas de tres a ocho años de prisión; la violencia cibernética o digital con dos a cuatro años de prisión; la sindical y el acoso callejero con sanciones administrativas.

“Dentro de la Ley 348, hay seis (tipos de violencia) que están reconocidas como tipo penal, las otras van a proceso civil, son delitos pero sin pena. Esos son los ajustes que hacen a la Ley 348, con relación a los casos de violencia, acoso callejero y esto también aplica en relación aquello que define sanciones, en la nueva propuesta de Ley”, explicó Tania Sánchez.

La defensora del Pueblo, Nadia Cruz, destaca que en el anteproyecto se proponga la creación de un sistema sancionador ad-ministrativo que dé solución a los hechos de violencia que no constituyan delitos, a través de multas económicas, la suspensión temporal, el pago de tratamiento psicológico, la terapia psicológica o productiva del agresor y el trabajo comunitario.

“Debemos recordar al Estado boliviano, que se debe garantizar su promulgación y aplicación plena en el menor tiempo posi-ble”, indicó la defensora Nadia Cruz.

Tras varios testimonios, hechos denunciados y no públicos, se evidencia que las mujeres jóvenes y adolescentes, día a día, están expuestas a este tipo de violencia, ya que no hay una sanción razonable para el autor de este tipo de acoso.

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