Julio 07, 2025 -HC-

Nuevo Código Penal establece que fiscales que no asistan a audiencias podrán ser destituidos

"Si no asiste el fiscal de materia será sancionado; si su superior inmediato no ordena a otro fiscal que asista a la audiencia, también será sancionado", dijo, según un boletín institucional.


Jueves 9 de Noviembre de 2017, 10:45am






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La Paz, 9 de noviembre (Urgentebo) .- El proyecto del nuevo Código del Sistema Penal prevé en el artículo 515 la destitución del fiscal que no asista a la audiencia de formulación de cargos o imputación, informó la presidenta de la Cámara de Diputados, Gabriela Montaño.

"Si no asiste el fiscal de materia será sancionado; si su superior inmediato no ordena a otro fiscal que asista a la audiencia, también será sancionado", dijo, según un boletín institucional.

El artículo 515 establece que en caso que el fiscal no asista a la audiencia "se intimará al inmediato superior jerárquico (Fiscal de Distrito) para que provea a su reemplazo inmediato y a la víctima o querellante para que formule sus cargos. La inasistencia del fiscal será considerada falta gravísima y causal de destitución".

Montaño agregó que lastimosamente algunos fiscales no cumplen con su trabajo y perjudican a las víctimas y la prosecución del proceso.

"Las victimas andan detrás de su fiscal asignado, rogándole para que vaya a la audiencia; el fiscal es quien tiene la llave en el sistema para activar la imputación y algunos se creen todopoderosos. Si el juez llama a las víctimas para que sustenten su causa, éstas irán felices a defenderse", argumentó.

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