Junio 20, 2025 -HC-

Núñez sobre la Ley 4231: Los periodistas se someten a la Ley de Imprenta, pueden estar tranquilos

El Ministro de la Presidencia aseguró en que los que se debe cuidar son aquellos ciudadanos que a través de las redes sociales quieren generar convulsión y enfrentar a los bolivianos.


Lunes 11 de Mayo de 2020, 10:30am






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11 de mayo (Urgente.bo).- Tras que el gobierno promulgara el Decreto Supremo 4231 del 7 de mayo de 2020, el ministro de la Presidencia, Yerko Nuñez, explicó que la norma no aplica para los medios de comunicación y trabajadores de la prensa, sino para las personas que generen desinformación mientras dure la pandemia.

De acuerdo a la autoridad gubernamental, los gremios de la prensa “pueden estar tranquilos, ya que los ampara la Ley de Imprenta. Según la normativa toda persona que desinforme de forma escrita,  impresa o artística, sobre lo que ocurre en la crisis sanitaria será sometida a un proceso penal.

“Los periodistas se someten a la Ley de Imprenta. El Decreto Supremo lo que hace es cuidar la vida de los bolivianos, el periodismo se somete a la Ley de Imprenta que está en la Constitución Política del Estado”, sostuvo Núñez en conferencia de prensa.

El Ministro de la Presidencia insistió en que los que se debe cuidar son aquellos ciudadanos que a través de las redes sociales quieren generar convulsión y enfrentar a los bolivianos.

“Los periodistas tiene que estar tranquilos, ellos están sometidos a la Ley de Imprenta”, recalcó.

El nuevo decreto modifica el parágrafo II del artículo 7 del Decreto Supremo N° 4199, de 21 de marzo de 2020; y el parágrafo II del artículo 13 del Decreto Supremo N° 4200, de 25 de marzo de 2020.

Los decretos modificados tenían un texto genérico y  estblecian que “las personas que inciten el incumplimiento del presente Decreto Supremo o desinformen o generen incertidumbre a la población, serán objeto de denuncia penal por la comisión de delitos contra la salud pública”.

Ahora el texto cambia y dice:” las personas que inciten el incumplimiento del presente Decreto Supremo o difundan información de cualquier índole, sea en forma escrita, impresa, artística y/o por cualquier otro procedimiento que pongan en riesgo o afecten a la salud pública, generando incertidumbre en la población, serán pasibles a denuncias por la comisión de delitos tipificados en el Código Penal”.

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