Abril 25, 2024 [G]:

El MAS impulsa ley para ampliar cultivos legales de coca en Cochabamba

El documento cuenta con 43 artículos, dos disposiciones transitorias, una disposición abrogratoria, una derogatoria y una disposición final. El proyecto de ley fue recibido por la Presidencia de la Cámara de Diputados el miércoles de la semana anterior.


Martes 24 de Mayo de 2016, 7:15pm






-

La Paz, 24 de mayo (Urgentebo).- Doce diputados del Movimiento Al Socialismo (MAS) presentaron el proyecto de Ley General de la Coca que en su contenido plantea el reconocimiento de más aéreas de plantación de la hoja en Cochabamba.

El documento cuenta con 43 artículos, dos disposiciones transitorias, una disposición abrogratoria, una derogatoria y una disposición final. El proyecto de ley fue recibido por la Presidencia de la Cámara de Diputados el miércoles de la semana anterior.

Los legisladores de la bancada oficialista por Cochabamba explican, en una carta enviada a la presidenta de Diputados, Gabriela Montaño, que la propuesta es una iniciativa que contó con el apoyo de los cocaleros de los municipios de Tiraque, Cocapata, Pojo, Colomi y Pocona.

Las áreas de cultivo

La Ley 1008 de régimen de la coca y sustancias controladas del 19 de julio de 1988 delimita tres zonas de producción de coca en el país: la zona de producción tradicional, la zona de producción excedentaria en transición y la zona de producción ilícita.

La zona de producción tradicional comprende los subtrópicos de las provincias Nor y Sud Yungas, Murillo, Muñecas, Franz Tamayo e Inquisivi de La Paz y los Yungas de Vandiola, que comprende parte de las provincias de Tiraque y Carrasco del departamento de Cochabamba.

Las provincias Saavedra, Larecaja y Loayza, las áreas de colonización de Yungas de La Paz y las provincias Chapare, Carrasco, Tiraque y Araní del departamento de Cochabamba son reconocidas como zonas de producción excedentaria en transición. Esta zona es sujeta a planes anuales de reducción, sustitución y desarrollo.

El resto del territorio nacional está catalogado como zona de producción ilícita de coca, donde está prohibido cualquier tipo de cultivo de la hoja.

Los legisladores del MAS consideran que con esa clasificación “se cometió una injusticia contra productores ecológicos tradicionales de las provincias Tiraque, Cocapata, Pojo, Colomi y Pocona cuando se los excluyó de la zona de producción tradicional, por lo que urge reparar el daño e incluir a los productores tradicionales dentro el alcance de la ley”.

La propuesta de zonificación

Si bien la zonificación establecida por la ley 1008 sigue vigente, el proyecto de Ley General de la Coca propone en su contenido una nueva clasificación de áreas: a) Zonas de producción de coca originaria, ancestral y tradicional, b) Áreas de producción excedentaria adaptada y c) Zonas de producción ilícita.

El Artículo 10 del proyecto indica que en las zonas de producción de coca, originaria, ancestral y tradicional se encuentran las provincias de Nor Yungas, Sud Yungas, parte de Inquisivi, Franz Tamayo Muñecas, Murillo en el departamento de La Paz y Yungas de Vandiola en los que se incluye ya a los municipios de Tiraque, Cocapata, Pojo, Colomi y Pocona en el departamento de Cochabamba. El proyecto de ley del MAS no incluye la cantidad de hectáreas a incrementarse con la inclusión de los nuevos municipios. 

El argumento para esta primera clasificación es que en estas áreas “el cultivo es milenario y se mantiene en forma originaria, ancestral y tradicional, generando un movimiento económico, social, cultural, medicinal y ritual como medio de subsistencia”.

Según el Artículo 11, la zona de producción excedentaria adaptada incluye áreas donde se produce coca en la que su cultivo fue adaptado por razones migratorias, económicas y familiares.  

“Las áreas definidas en este artículo se encuentran en la Provincia Caranavi del departamento de La Paz y las provincias Chapare y José Carrasco del departamento de Cochabamba”, se lee en el parágrafo segundo.

El artículo aclara que la delimitación debe ser regida por reglamento y el proceso de reducción de cultivo en base a un consenso entre productores y el Gobierno.

El Artículo 12 indica que las zonas de producción ilícita son todas aquellas que no incluyen las áreas de los artículos 10 y 11.

“Las plantaciones existentes de esta zona serán objeto de la erradicación obligatoria y sin ningún tipo de compensación”, aclara.

Comercialización

Sobre la comercialización, reconoce la venta del productor al consumidor y/o trueque a través de comercios y ferias locales. Los productores de zonas tradicionales deben contar con registro otorgado por sus organizaciones regionales y en el caso de las áreas de producción excedentaria adaptada la acreditación será responsabilidad del Estado.

La Asociación Departamental de Productores de Coca (Adepcoca) en La Paz  y la Dirección General de la Hoja de Coca e Industrialización (Digcoin) en Cochabamba son los mercados autorizados que reconoce el proyecto de ley. “Los mismos podrán abrir sucursales en cualquier punto del país”, se lee en el Artículo 16.

Los registros no sólo son requisitos para los productores, sino también para los dueños de los vehículos en los que se transporte de la hoja para su respectivo control en su trayecto.

El Artículo 21 propone la creación del Programa Nacional de Industrialización para promover que los productores puedan ejecutar sus propias iniciativas y programas de industrialización con control del Estado. El financiamiento es otro de los puntos que trata el proyecto de ley. Indica que se deben destinar recursos del Tesoro General de la Nación, donaciones, aportes y hasta ingresos de convenios del país con institucionales nacionales e internacionales.

Creación de un ministerio

Además, plantea la creación de un Ministerio de Coca y Desarrollo Intergral que destine mediante un Fondo Nacional de Desarrollo Integral (FNDIC) recursos para las áreas tradicionales.

El programa también establece la creación del Centro de Investigación Científica de la Coca para el desarrollo tecnológico para la industrialización.

Este ministerio estará encargado de resolver las sanciones de carácter administrativo para quienes incumplan la ley.

El Consejo Nacional de la Hoja de Coca es la institución responsable de regular y hacer cumplir la ley. Esta instancia está conformada, según el documento, por la Cancillería, los ministerios de Desarrollo Productivo, Desarrollo Rural, Culturas, de Coca y Desarrollo Integral y productores.

El proyecto de Ley General de la Coca se encuentra en la Comisión de Región Amazónica, Tierra, Territorio, Agua, Recursos naturales y medio ambiente de Diputados. El MAS pretende que esta norma regule todo el régimen respecto a la coca en sustitución de la Ley 1008 ya que el tema de las sustancias controladas contará con una ley específica que aún es un tema pendiente.

El proyecto de Ley General de la Coca se encuentra en la Comisión de Región Amazónica, Tierra, Territorio, Agua, Recursos naturales y medio ambiente de Diputados.

Otros datos

El 2013, el Estudio Integral del Consumo legal de la Coca, financiado por la Unión Europea, estableció que Bolivia sólo requiere 14.705 hectáreas y toneladas anuales de la hoja para atender la demanda.

Según el Monitoreo de Cultivos de Coca 2014 presentado por la Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito (UNODC) en agosto de 2015, en Bolivia existe una superficie de 20.400 hectáreas de cultivos de coca, un 11% menos que en 2013, cuando se cuantificaron 23.000 hectáreas.

El 70% de la superficie cultivada con coca se registró en los Yungas de La Paz, el 30% en el Trópico de Cochabamba y una fracción menor al 1% en las provincias del Norte de La Paz. En las tres regiones de monitoreo mencionadas se registró una disminución de la superficie cultivada con coca en comparación al 2013 equivalente al 10%, 14% y 43%, respectivamente.

 

.