La Paz, 25 de octubre (Urgentebo).- El Concejo Municipal de La Paz decidió que la carnetización para el sector gremial no sea obligatoria. La decisión fue asumida luego de que la presión que el sector ejerció desde la semana anterior en inmediaciones del Palacio Consistorial.
La concejal por Soberanía y Libertad (Sol.bo), Cecilia Chacón, informó que ahora los gremiales podrán obtener su carnet de forma voluntaria y gratuita sin presión alguna del municipio. La patente se mantiene como único documento legal de asentamiento.
“El Órgano Ejecutivo Municipal decidió anula el proceso de carnetización y este proceso (a partir de ahora) será voluntario y gratuito. No está sujeto a una reglamentación o evaluación periódica”, declaró la autoridad edil, en conferencia de prensa.
Indicó que la carnetización que ahora es voluntaria y no obligatoria garantiza los asentamientos de los gremialistas y que no se les despojará de los puestos legalmente autorizados.
Chacón explicó que las “patentes continúan vigentes” como único requisito de los asentamientos de los gremiales.
“El proceso (de carnetización) es voluntario y confiamos que ahora se despeje la duda y la desconfianza que se ha generado en las últimas horas”, insistió Chacón.
Esta es la propuesta de ordenanza municipal trabajada por el Concejo:
Artículo primero.- Abrogar la Ordenanza Municipal N°509/2014 promulgada el 12 de marzo de 2015 y consecuentemente, dejar sin efecto legal alguno la suspensión del proceso de carnetización gremial.
Artículo segundo.- El Órgano Ejecutivo Municipal del GAMLP deberá llevar adelante el proceso de carnetización en todo el municipio de La Paz. Este proceso de carácter voluntario y gratuito estará sujeto a reglamentación y evaluación periódica, para garantizar la carnetización de la totalidad de los comerciantes minoristas existentes legalmente autorizados.
Artículo tercero.- El Órgano Ejecutivo Municipal del GMALP deberá llevar adelante el proceso de carnetización, garantizando el respeto a los procesos administrativos vigentes como ser rectificación de medidas u horarios, cambio de nombre, rubro o mueble, atención secundaria, reubicación y otros que atingen al comercio minorista en vías públicas,
Artículo cuarto.- El proceso de carnetización en ningún caso implica el retiro de los puestos legalmente autorizados ni la emisión de nuevas autorizaciones de asentamientos.
Artículo quinto.- La Dirección de Mercados y Comercio en Vías Públicas, instancia competente para la administración del comercio en vías públicas, elaborará la reglamentación específica para el proyecto de carnetización, en coordinación con las federaciones legalmente establecidas.
Artículo sexto.- El Órgano Ejecutivo Municipal queda encargado del cumplimiento de lo establecido en la presente Ordenanza Municipal.


