Junio 01, 2025 -HC-

Caso MTS: Abogado dice que reemplazo de candidatos procede por renuncia, no por retiro de listas


Viernes 30 de Mayo de 2025, 7:15pm






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30 de mayo (Urgente.bo)- Sócrates Vásquez, abogado constitucionalista de El Alto, explicó a este medio que la Alianza Popular, que tiene como principal aliado al Movimiento Tercer Sistema (MTS), aún no ha concretado el retiro de las listas de candidatos del Tribunal Supremo Electoral (TSE), porque la autotridad elecotral procede de acuerdo a su normativa en procesos electorales y que se resume en que el reemplazo de candidatos procede por causales como la renuncia personal.

“En ningún momento se ha renunciado a la candidatura,  tampoco se ha retirado ninguna lista en cumplimiento de las acciones emitidas en la ciudad del Bení como en la ciudad de La Paz”, dijo el abogado a este medio.

Vásquez, que es abogado constitucionalista alteño y miembro del colectivo Proyecto A - Proyecto Andrónico, dijo que, en cumplimiento de lo que dispone una de las salas constitucionales del Tribunal Departamental del Beni, como en La Paz, sobre el MTS, seha tenido que presentar el pedido de retirar la lista de candidatos. Dijo que esta solicitud enviada al TSE es admisible y que es distinta a la sustitución de candidatos porque Andrónico no renunció a su candidatura, que es una causal para el reemplazo de postulantes, así como el fallecimiento. 

“En ningún momento ha renunciado a la candidatura, se ha retirado en cumplimiento a las acciones emitidas en la ciudad del Bení como en la Ciudad de La Paz”, dijo el abogado a Urgente.bo.

‎El abogado Vásquez analizó el ordenamiento electoral y señaló que la RESOLUCIÓN TSE-RSP-ADM Nº 0204/2025 de 3 de abril de 2025 define la sustitución de candidaturas por causas de:  renuncia, inhabilitación o fallecimiento ante el Tribunal Supremo Electoral.

‎Explicó que no puede haber reemplazo de candidatos con una nota que solicite el retiro de candidatos y que en el caso del MTS lo que correspondería es el de la renuncia personal.

“‎El periodo de sustitución de candidaturas por causa de renuncia  ante el Tribunal Supremo Electoral (actividad 25 del Calendario Electoral) es del martes 20 de mayo de 2025 hasta el jueves 3 de julio de 2025, según el Parágrafo III del Art. 108 de la Ley N° 026 que establece: "III. Las sustituciones por causa de renuncia podrán presentarse hasta cuarenta y cinco (45) días antes del día de la elección y por las otras causales establecidas en el parágrafo I hasta tres (3) días antes del día de la votación. El renunciante ya no podrá participar como candidato en ese proceso electoral ni será reubicado en otra candidatura.". Es decir que las sustituciones por causa de renuncia podrán presentarse hasta cuarenta y cinco (45) días antes del día de la elección que tendrá lugar el próximo 17 de agosto de 2025”, según publicó en su cuenta de Facebook..

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