2 de septiembre (Urgente.bo).- En las últimas horas, el presidente Rodrigo Paz promulgó el Decreto Supremo 5697, que dispone la intervención de la estatal YPFB.
La comisión que llevará adelante esta tarea por 180 días priorizará sus labores en la distribución de carburantes para el mercado interno. Asimismo, recomendará auditorías técnicas a la cadena de importación y distribución de carburantes.
“La Comisión priorizará sus tareas en comercialización, logística y trazabilidad de combustibles, recomendando auditorías técnicas a la cadena logística de importación y distribución de carburantes, orientadas a identificar la red de contrabando, desvío, acopio y otros e individualizar las responsabilidades del personal involucrado”, dice el decreto.
El Decreto Supremo 5697 establece la creación de una comisión que estará integrada por los ministros de Economía y Finanzas Públicas; de Producción Sostenible, Medio Ambiente y Agua; de Hidrocarburos y Energías; y de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, o sus representantes. También formará parte de la comisión de intervención el viceministro de Transparencia, Seguridad Jurídica e Integridad Pública, dependiente del Ministerio de la Presidencia.
Dentro de las atribuciones que tendrá dicha comisión, el decreto menciona 13 funciones para los encargados de la intervención de la estatal. Sin embargo, una de ellas se centra en la elaboración de recomendaciones destinadas a mejorar el abastecimiento interno de combustibles.
“Elaborar recomendaciones para el establecimiento de medidas extraordinarias y temporales destinadas a mejorar el abastecimiento interno de combustibles a través de una gestión más eficaz y eficiente”.
Por otro lado, la norma también menciona que la comisión evaluará el cumplimiento de las funciones de las principales autoridades “responsables de la gestión de YPFB” y emitirá informes y recomendaciones al presidente Paz para mejorar el abastecimiento.
“Evaluar el cumplimiento de las funciones de las autoridades, ejecutivos, administrativos y personal técnico u operativo responsables de la gestión de YPFB; (…) Emitir informes y recomendaciones al Presidente del Estado respecto de las medidas necesarias para mejorar el abastecimiento y recuperar la eficiencia de la gestión de YPFB”.
La intervención, según la norma, tendrá una vigencia de hasta 180 días calendario. No obstante, excepcionalmente, el Ministro de Hidrocarburos y Energías, mediante una Resolución Ministerial, podrá ampliar el plazo una sola vez hasta por 90 días.



