La Asociación de Bancos de Bolivia informó este martes que las entidades financieras que son parte de Asoban cumplirán con las disposiciones del decreto 5630 que define la reprogramación de crédtos o refinanciamiento de créditos de personas que vieron afectada su capacidad de pago debido a bloqueos que se instalaron en el país por sectores sociales desde hace 40 días.
Según el decreto, la reprogramación consiste en modificar las condiciones de pago del préstamo para que las cuotas se adapten a la nueva situación económica del deudor. Este cambio puede ser ampliar el plazo del crédito, reducir el monto de las cuotas mensuales, incorporar periodos de gracia, ajustar el cronograma de pagos.
El refinanciamiento implica generar una nueva estructura del crédito, tomando en cuenta que el cliente enfrenta una dificultad temporal para cumplir con sus obligaciones de pago.
“Las entidades bancarias asociadas a Asoban darán cumplimiento a las disposiciones establecidas en el decreto supremo 5630 y la normativa vigente y continuarán trabajando con responsabilidad y compromiso, precautelando los ahorros del público, con el objetivo de contribuir a que las familias, empresas y unidades productivas, afectadas puedan superar esta coyuntura y retomar gradualmente el desarrollo normal de sus actividades”, dice el comunicado dado a conocer hoy.
El sector bancario recuerda que ha venido aplicando, desde antes de la pandemia y con especial énfasis durante los últimos años mecanismos de apoyo de como reprogramaciones, refinanciamientos y periodos de gracia, siempre en el marco de la normativa vigente y bajo una evaluación responsable considerando la situación particular de cada cliente financiero.
"Con el propósito de coadyuvar a la recuperación económica de los deudores del sistema financiero, que hubieran sido afectados en su capacidad de pago, por conflictos sociales, bloqueos y/o eventos adversos, el presente Decreto Supremo tiene por objeto disponer que las entidades de intermediación financiera y las empresas de arrendamiento financiero, atiendan, evalúen, convengan y aprueben el refinanciamiento y/o reprogramación de las operaciones de crédito, de los clientes financieros, que voluntariamente así lo requieran", reza el resumen del Decreto Supremo 5630, promulgado la noche de este lunes por el presidente Rodrigo Paz.
El mismo documento establece que "el periodo de gracia que sea otorgado por la entidad de intermediación financiera o por la empresa de arrendamiento financiero, podrá ser de hasta seis (6) meses computables a partir de la aprobación del refinanciamiento y/o reprogramación".
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