8 de julio (Urgente.bo)- El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) admitió el recurso de inconstitucionalidad abstracta interpuesta contra la ley sobre el estado de excepción.La acción fue interpuesta por los diputados titulares Basilia Cruz Bernal y Rolando Santos Pacheco, quienes denunciaron la inconstitucionalidad y pidieron derogar tres artículos de la ley 1740, al considerar que vulneran derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Política del Estado, en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en la Convención contra la Tortura.
“La demanda de la acción de inconstitucionalidad abstracta se encuentra patrocinada por un profesional abogado (…) en consecuencia, la acción de inconstitucionalidad abstracta cumplió los requisitos exigidos, por lo señalado, corresponde la admisión de la acción”, dice la notificación TCP-UCD-LP.
Además, el documento establece que la acción normativa se ponga en conocimiento de Edmand Lara, presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional en representación del órgano que generó la norma impugnada.
El documento es firmado por Ángel Edson Dávalos, magistrado presidente, y de los magistrados Amalia Laura Villca y Boris Wilson Arias.
El diputado Rolando Santos Pacheco emitió un comunicado en el que explicó que la Ley 1740 “no es una norma cualquiera”, ya que aseguró que regula “el régimen bajo el cual, en Bolivia, se suspenden o restringen derechos fundamentales. Los vicios denunciados no son cuestiones técnicas menores. Comprometen la vida, la integridad personal, la libertad, la presunción de inocencia, la libertad de reunión y de protesta, y el propio equilibrio entre el Órgano Ejecutivo y el Órgano Legislativo”.
Indicó que, mientras la Ley 1740 permanezca vigente con esos artículos, hay la posibilidad de que el Poder Ejecutivo pueda invocarla en el terreno concreto.
“La justicia constitucional está llamada a operar antes —no después— de que se materialicen los daños que la Constitución quiere evitar. Un pronunciamiento tardío del Tribunal, en esta materia, equivaldría a un pronunciamiento ineficaz”.
En ese sentido, el diputado pidió a Paola Verónica Prudencio Candia, Presidenta del Tribunal Constitucional Plurinacional, a que convoque a las magistradas y magistrados suplentes, para completar la integración de la Sala Plena y garantizar el quórum necesario para la deliberación.
Además, que se disponga la sustanciación del Expediente N.° 85079-2026-171-AIA con la celeridad que la materia impone y adopte todas las medidas de gestión procesal previstas en el Código Procesal Constitucional.
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