El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su sentencia 1021/23 S4 del 29 de diciembre, definió que el vicegobernador del departamento de Santa Cruz, Mario Aguilera, asuma de inmediato el cargo de gobernador, mientras dure la detención de Luis Fernando Camacho, recluido en el penal de Chonchocoro. En el mismo sentido, establece que el presidente de la Asamblea Legislativa Departamental
La sentencia fue elaborada por el magistrado Miguel Hurtado Zambrano y concede la tutela frente a la denuncia de incumplimiento de la Constitución Política del Estado y leyes que fue presentado por asambleístas departamentales a principios del 2023.
Los dos puntos de la Sentencia Constitucional establecen lo siguiente:
1° Conceder la tutela solicitada, disponiendo el cumplimiento de los artículos 286.I de la Constitución Política del Estado, 25.I del Estatuto Autonómico de Santa Cruz y 10.I de la Ley Departamental 284 de Santa Cruz; y
2° Ordenar que el Presidente de la Asamblea Legislativa Departamental de Santa Cruz y el vicegobernador del mismo departamento –hoy demandados- en cumplimiento de los preceptos constitucionales y legales antes referidos promuevan la suplencia temporal mientras dura el impedimento de Luis Fernando Camacho Vaca, quien cumple medida de detención preventiva en el Centro Penitenciario de Chonchocoro de La Paz; debiendo en consecuencia: a) el Vicegobernador, asumir inmediata la suplencia temporal en el cargo de Gobernador del Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz y b) el Presidente de la Asamblea Legislativa Departamental de Santa Cruz promover y posesionar la suplencia legal mientras dure el impedimento del Gobernador Titular.
En realidad, el magistrado Hurtado Zambrana confirma la resolución del 18 de febrero del 2023 cuando la sala constitucional tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz concedió la tutela presentada contra el asambleísta Svonko Matkovic, presidente de la Asamblea Legislativa Departamental, y Mario Aguilera, vicegobernador del departamento de Santa Cruz.
La acción de cumplimiento se encuentra prevista en el artículo 134.I de la CPE que dispone que esta procederá en caso de incumplimiento de disposiciones constitucionales o de la ley por parte de servidores públicos, con el objetivo de garantizar la ejecución de la norma emitida
“Los solicitantes de tutela acusan el incumplimiento de los artículos 286.I de la Constitución Política del Estado, y 10.1 de la ley departamental 284 de Santa Cruz, toda vez que las autoridades demandadas, ante las cartas notariales presentadas el 18 de enero de 2023, por las que solicitaron el cumplimiento de las normas referidas , habiendo pasado catorce días desde la solicitud, no emitieron respuesta afirmativa o negativa, lo cual hace evidente la conducta reticente e irresponsable de los mismos…”, dice el magistrado Zambrana en la sentencia,
En el ámbito político, Matkovic responde a la línea política de Luis Fernando Camacho, mientras que Aguilera, que llegó en la fórmula de Creemos, fue aislado por los seguidores del gobernador recluido en Chonchocoro.
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