Octubre 11, 2026 -HC-

Gobierno denuncia a Evo y Huarachi ante Corte de La Haya por la muerte de 40 personas a falta de oxígeno

Mediante una remisión se solicitó a la CPI llevar a efecto una investigación para determinar y sancionar a los autores del crimen de lesa humanidad que provocó el sufrimiento de poblaciones afectadas y derivó en la muerte de al menos 40 pacientes por la falta de atención médica.


Viernes 4 de Septiembre de 2020, 10:30am






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4 de septiembre (Urgente.bo).- El Procurador General del Estado, José María Cabrera, se constituyó hoy en la sede de la Corte Penal Internacional (CPI) ubicada en La Haya (Holanda) para interponer una denuncia en representación jurídica del Estado Boliviano, según el artículo 14 del Estatuto de Roma, en contra el expresidente Evo Morales Ayma, prófugo de la justicia boliviana, por el delito de lesa humanidad por Actos Inhumanos.

Este delito se llevó a efecto mediante cercos en las diferentes ciudades del país y bloqueo de carreteras, que durante más de diez días impidieron el paso de suministro de alimentos, oxígeno medicinal, circulación de ambulancias, médicos y paramédicos que resultaban imprescindibles para atender la emergencia sanitaria generada por la pandemia del coronavirus.

Esta situación provocó el sufrimiento de poblaciones afectadas y derivó en la muerte de al menos 40 pacientes por la falta de atención médica. En ese marco la denuncia también fue presentada contra Juan Carlos Guarachi, principal colaborador de esta medida.

El Procurador General del Estado, José María Cabrera Dalence, a tiempo de presentar esta denuncia que se constituye en una remisión por parte de un Estado miembro del Estatuto de Roma, fue recibido en audiencia oficial por la Fiscal General de la Corte, Fatou Bensouda.

La CPI es un organismo internacional de carácter judicial creado en virtud del Estatuto de Roma del 17 de julio de 1998, del cual Bolivia es signatario y miembro fundador, ratificando el mismo mediante la Ley N° 2398 del 23 de mayo del 2002, aceptando y reconociendo la jurisdicción internacional de esta Alta Corte.

Esta jurisdicción puede ser activada conforme al artículo 13 del referido Tratado, únicamente por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, de oficio por la Fiscal de la Corte, o por remisión de denuncia proveniente de cualquier Estado miembro.

La CPI podrá ejercer su competencia únicamente con respecto a los crímenes de lesa humanidad para que éstos no queden impunes y se imponga la justicia en contra de aquellos ex gobernantes que hubieran causado grandes sufrimientos a sus poblaciones.

A partir de la fecha la Fiscalía General de la Corte deberá realizar la investigación preliminar de este caso internacional.

 

 

Denuncia en representación jurídica del Estado Boliviano by Angela Carrasco Soliz on Scribd