Julio 27, 2025 -HC-

La renuncias y discrepancias internas provocan que 4 binomios de 9 queden incompletos

Hasta la fecha, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) no resuelve si las renuncias como candidatos son viables debido a que fueron habilitados en Elecciones Primarias el 27 de enero de 2019.


Jueves 25 de Julio de 2019, 2:15pm




25 de julio (Urgentebo). - El Partido Demócrata Cristiano (PDC), Bolivia Dice No (BDN), Frente Para la Victoria (FPV) y el partido de Acción Nacional Boliviano (Pan-Bol) son las organizaciones políticas que hasta la fecha no cuentan con binomios completos debido a la renuncia de candidatos.

El candidato por el Partido Demócrata Cristiano (PDC), Jaime Paz Zamora, decidió declinar el jueves 13 de junio a su postulación a la Presidencia rumbo a las elecciones del 20 de octubre de 2019. Aseguró que no encontró condiciones internas en la organización política.

Tras ese hecho, se registró otra dimisión, esta vez, en la alianza Bolivia Dice No que postula a Oscar Ortiz a la Presidencia del Estado. Edwin Rodríguez, quien era su acompañante de fórmula, renunció el 12 de julio también por discrepancias internas. 

Siete días después, el candidato a la Presidencia por el Frente Para la Victoria, Israel Rodríguez, informó el viernes 19 de julio, que su organización política decidió sustituir a  su aspirante a la Vicepresidencia, Faustino Challapa, por el abogado cruceño Herlan Vaca Diez.

Casi una semana después, hoy, la postulante a la Presidencual por el partido de Acción Nacional Boliviano (Pan-Bol), Ruth Nina, informó hoy que el abogado Leopoldo Chui, fue inhabilitado como candidato a la Vicepresidencia.

Hasta la fecha, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) no resuelve si las renuncias como candidatos son viables debido a que fueron habilitados en Elecciones Primarias el 27 de enero de 2019.

El parágrafo XII del Artículo 29 de la Ley de Organizaciones Políticas establece: “Los resultados de la elección de candidaturas del binomio presidencial, serán vinculantes y de cumplimiento obligatorio para los partidos políticos o alianzas y para las elecciones generales. Las únicas causales que pueden revertir el carácter vinculante de estos resultados son la muerte o una enfermedad gravísima sobreviniente debidamente probada de alguna o alguno de las o los miembros del binomio elegido”.

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